Gobierno de Gibraltar
Declaración del Gobierno sobre requisitos de entrada y viajes
Gibraltar, 22 de julio de 2026
El Gobierno de Gibraltar tiene constancia de comentarios difundidos en redes sociales que sugieren que las personas a las que se les haya denegado un visado para el Reino Unido, o que no dispongan de la documentación necesaria para entrar en el espacio Schengen, pueden volar a Gibraltar y después acceder a España sin someterse a los controles de inmigración ni presentar la documentación exigida.
Esta información es incorrecta.
Las disposiciones que regulan el trÔnsito por el aeropuerto Sir Joshua Hassan de Gibraltar no permiten eludir los requisitos de visado o inmigración aplicables a los viajes al Reino Unido, Gibraltar o el espacio Schengen.
Los acuerdos alcanzados en el marco del Tratado entre el Reino Unido y la Unión Europea en relación con Gibraltar tienen por objeto facilitar la circulación de personas entre Gibraltar y España, preservando al mismo tiempo los controles necesarios en materia de inmigración y seguridad. Estos acuerdos no otorgan un derecho general de entrada en España o en el espacio Schengen a quienes no cumplan los requisitos correspondientes.
En particular, todo nacional de un tercer paĆs sujeto a la obligación de visado deberĆ” obtener el visado necesario para entrar en Gibraltar antes de viajar. Quien necesite visado y no lo presente a su llegada no podrĆ” entrar en Gibraltar.
Asimismo, la denegación de un visado britÔnico no confiere derecho alguno a entrar en Gibraltar o en el espacio Schengen a través de Gibraltar. Tampoco viajar en avión a Gibraltar permite sortear los requisitos de visado o inmigración aplicables. Toda persona que pretenda viajar de este modo seguirÔ sujeta a los requisitos de entrada y a los controles migratorios pertinentes y, si no los cumple, no se le permitirÔ la entrada.
Por ello, el Gobierno recomienda encarecidamente a la ciudadanĆa que se atenga a la información oficial sobre los requisitos de visado e inmigración y no a información no verificada difundida en redes sociales.
Quienes tengan dudas sobre la documentación o los requisitos de visado aplicables a su situación concreta deberÔn consultar con las autoridades migratorias competentes antes de viajar.
Nota:
Se recomienda consultar las siguientes notas tƩcnicas:
- Nota técnica: Recordatorio sobre las disposiciones en materia de visados (emitida el 15 de julio de 2026)
- Nota técnica: Recordatorio sobre las disposiciones en materia de inmigración en el Aeropuerto de Gibraltar y el cruce de las fronteras exteriores de Schengen (emitida el 16 de julio de 2026)
Comunicado en pdf con original en inglƩs incluido.
Nota a redactores:
Esta es una traducción realizada por el Servicio de Información de Gibraltar. Algunas palabras no se encuentran en el documento original y se han añadido para mejorar el sentido de la traducción. El texto vÔlido es el original en inglés.
Para cualquier ampliación de esta información, rogamos contacte con
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