GOBIERNO DE GIBRALTAR
EL MINISTRO PRINCIPAL
Ed Miliband
LĂder del Partido Laborista
1, Brewer’s Green
Londres
SW1H 0RH 8 de febrero de 2015
Estimado Ed,
Registros Centrales de Propiedad Beneficiaria Efectiva
Espero que te encuentres muy bien. Fue un placer, como siempre, tener la oportunidad de reunirme contigo recientemente.
Te pido disculpas por escribirte durante el fin de semana pero seguramente estarás tan contrariado como yo por el hecho de que haya tenido que tener conocimiento a travĂ©s de la prensa de una carta que presuntamente me has enviado a mĂ (asĂ como a otros lĂderes de Territorios [británicos] de Ultramar) en relaciĂłn con el asunto señalado en el encabezamiento. No me cabe ninguna duda de que no habrás querido tener la descortesĂa de ver dicha carta publicada [por la prensa] antes de que los lĂderes de los Territorios de Ultramar la hayan podido recibir, como ha sido mi caso.
Dejando de lado esta descortesĂa, que seguramente no ha sido intencionada, me he sentido contrariado al leer en estos informes de prensa ciertos comentarios incorrectos que implican que Gibraltar se opone de alguna manera a la implementaciĂłn de un Registro Central de Propiedad Beneficiaria Efectiva (“Registro Central”) (Central Register of Ultimate Beneficial Ownership).
Debo decir que esta cuestiĂłn es precisamente la que todos los lĂderes de los Territorios de Ultramar quisimos discutir contigo a principios de diciembre, durante el Consejo Ministerial Conjunto (Joint Ministerial Council) celebrado en Londres. Nos dirigimos a tu oficina por escrito para solicitar una reuniĂłn para debatir esta cuestiĂłn, pero por desgracia todavĂa estamos esperando una respuesta. Por los motivos que a continuaciĂłn expongo, estoy dispuesto a desplazarme [al Reino Unido] a la mayor brevedad para discutir los siguientes temas directamente contigo o con cualquier otro portavoz de la oposiciĂłn o con asesores externos, si fuese necesario.
PermĂteme que sea absolutamente claro sobre mi área de responsabilidad: Gibraltar, en concreto, se ha comprometido a implementar un Registro Central como consecuencia de la prĂłxima adopciĂłn de la Cuarta Directiva contra el Blanqueo de Capital (4th Anti Money Laundering Directive) junto con todos los Estados Miembros de la UE puesto que, como sabrás, los Tratados que componen la UE son aplicables a Gibraltar. Tal y como tus asesores deberĂan saber, nuestra situaciĂłn en este respecto es Ăşnica en comparaciĂłn con las Dependencias de la Corona (Crown Dependencies) y los demás Territorios de Ultramar, y de hecho la semana pasada mi Ministro de Servicios Financieros se desplazĂł a la sede del Tesoro [del Reino Unido] para discutir los detalles de la Directiva propuesta y su implementaciĂłn.
Tal y como han acordado los Estados Miembros, la 4ª Directiva requerirá la creación de un Registro Central relacionado con empresas y sociedades fiduciarias y, naturalmente, Gibraltar traspondrá esta Directiva según lo requerido. En resumen, Gibraltar contará con un Registro Central acorde con los estándares de la UE en la fecha de trasposición de la 4ª Directiva, que probablemente será en 2017; basándonos en una fecha de “adopción” durante el verano de 2015, lo cual es altamente probable.
He leĂdo que, de ganar las elecciones que se celebrarán en mayo de este año, un Gobierno Laborista solicitarĂa que Gibraltar considerase hacer que su Registro Central, derivado de la 4ÂŞ Directiva, fuese pĂşblico. Puedo asegurarte que, en tal caso, mi Gobierno considerará y reflexionará sobre dicha solicitud. Por otra parte, convendrás conmigo en que hay que buscar un equilibrio entre un “secretismo” inapropiado y el derecho a una “privacidad” e incluso una “confidencialidad” adecuadas. Por este motivo nos inclinamos inmediatamente por asegurar que los organismos de ejecuciĂłn de la ley cuenten con un acceso mejorado y aĂşn más sencillo a la informaciĂłn relevante sobre corporaciones establecidas en Gibraltar (a pesar de que el sistema actual es excelente y está basado en un sector de gestiĂłn de empresas y sociedades fiduciarias altamente regulado), en lugar de emprender iniciativas superficiales con el objetivo de captar titulares y que, en Ăşltima instancia, podrĂan resultar completamente contraproducentes.
Pasando a otros detalles, temo que tus asesores en este aspecto legal puedan no estar explicándote la situaciĂłn al completo, y esto podrĂa exponerte polĂticamente. Por ello, espero que las siguientes lĂneas sean de utilidad.
Los informes de la prensa sugieren que, sin un Registro Central pĂşblico, la agencia tributaria británica y demás autoridades no tendrĂan acceso a informaciĂłn tributaria y sobre propiedad beneficiaria efectiva relativa a empresas y otras entidades registradas en, entre otros, Gibraltar. Esto es manifiestamente falso en lo respectivo a Gibraltar. Contamos con un Acuerdo de Intercambio de InformaciĂłn Tributaria (Tax Information Exchange Agreement, TIEA) plenamente operativo con el Reino Unido y otros 26 TIEAs con otros paĂses. Además, en virtud de la Directiva 2011/16/UE, Gibraltar mantiene acuerdos de intercambio de informaciĂłn tributaria segĂşn los estándares de la OCDE con los 28 Estados Miembros. Gibraltar tambiĂ©n forma parte de la ConvenciĂłn Multilateral del Consejo de Europa y la OCDE sobre intercambio de informaciĂłn tributaria segĂşn los estándares de la OCDE. Por lo tanto, segĂşn el Ăşltimo recuento, Gibraltar mantiene 132 acuerdos para el intercambio de informaciĂłn tributaria con 75 paĂses de todo el mundo. Las empresas y demás entidades establecidas en Gibraltar no se aprovechan de ningĂşn tipo de secretismo. Este punto fue confirmado por el informe Fase 2 de la OCDE que concediĂł a Gibraltar el segundo máximo nivel en cuanto a transparencia y efectividad en el intercambio de informaciĂłn.
Sobre este punto, cabe destacar que nuestro nivel es el mismo que el del Reino Unido y Alemania. Estoy seguro de que estarás impresionado por este progreso, el cual ha sido llevado a cabo por un Gobierno socialista-liberal.
Además, Gibraltar ha firmado un acuerdo de intercambio automático de informaciĂłn con el Reino Unido y EE.UU., cuya contrapartida a escala global es el Estándar ComĂşn de InformaciĂłn (Common Reporting Standard) que incluye el intercambio automático de informaciĂłn con 90 paĂses. Yo mismo firmĂ© este Ăşltimo mecanismo de intercambio de informaciĂłn en BerlĂn, junto con George Osborne y otros ministros de economĂa en octubre del año pasado.
Un Ăşltimo apunte, sobre otro aspecto tĂ©cnico, es que la OCDE no elabora listas negras. La OCDE mantiene una lista negra en nombre del G20. Dicho de otro modo, la OCDE ejerce una labor de secretariado, en virtud de la cual clasifica objetivamente el rendimiento de cada paĂs segĂşn estándares acordados y aceptados a nivel internacional. Los estándares actuales se basan en criterios de transparencia e intercambio de informaciĂłn que fueron adoptados por más de 120 paĂses en el Foro Global de la OCDE. Esto significa que tu sugerencia de que aquellos paĂses que se nieguen a aceptar un Registro Central pĂşblico serĂan incluidos en la lista negra de la OCDE, y por lo tanto sufrirĂan medidas econĂłmicas, no podrĂa producirse sin antes existir un compromiso global para la creaciĂłn de tales registros pĂşblicos, la publicaciĂłn de unos estándares aceptados y el establecimiento de un calendario para su implementaciĂłn. Dicho esto, el Reino Unido seria libre de imponer una lista negra sobre cualquier paĂs de manera unilateral; por supuesto, siempre con sujeciĂłn a la normativa comunitaria, internacional, etc.
Lo que estoy seguro de que NO era tu intenciĂłn sugerir, dada la forma y el estilo de tu comunicaciĂłn, es que, de algĂşn modo, ni siquiera de forma implĂcita, el Reino Unido podrĂa estar dispuesto a imponer un “mandato directo” sobre los Territorios de Ultramar a travĂ©s de la aplicaciĂłn de presiones inadmisibles que no serĂan aplicadas de manera universal sobre todas las partes. De hecho, estoy seguro de que esto no es lo que propones puesto que las Constituciones actualmente vigentes en todos los Territorios británicos de Ultramar fueron otorgadas por una Orden del Consejo (Order in Council) [1] durante el Ăşltimo gobierno laborista y, por lo tanto, representa la filosofĂa de tu partido sobre el alcance de la responsabilidad en cuanto a la administraciĂłn de los Territorios de Ultramar.
Por otra parte, deberĂas saber que tus comentarios, en la medida en la que pueden llegar a ser interpretados como relativos a Gibraltar, ya han sido recogidos por la prensa española y utilizados como arma contra nosotros. Adjunto un ejemplo extraĂdo del diario regional “Europa Sur”[2], el cual aprovecha cualquier excusa para atacar a Gibraltar. En ocasiones anteriores has sido muy amable cuando he tenido que reunirme contigo debido a la constante difamaciĂłn que sufre Gibraltar por parte de la prensa española y simpatizaste con nuestra situaciĂłn. Por desgracia, ahora se están aprovechando del hecho de que esta Ăşltima cuestiĂłn haya surgido entre dos partidos laboristas con unos lazos histĂłricos tan fuertes.
En cualquier caso, confiĂł en que lo expuesto demuestre que Gibraltar está aplicando los más altos estándares de cooperaciĂłn y continuará implementando un Registro Central y que, tal y como el propio Primer Ministro Cameron ha dicho acerca de nosotros y otros Territorios de Ultramar, no somos un paraĂso fiscal. Por lo tanto, quedarĂa muy agradecido por una aclaraciĂłn pĂşblica, en lo que a Gibraltar se refiere, sobre las declaraciones que sin duda te han sido injustamente atribuidas, a la mayor brevedad posible.
Con mis mejores deseos, como siempre, para ti y para Justine[3],
Fabián Picardo
Ministro Principal
Comunicado de prensa original en inglés, en PDF adjunto.
[1] En el Reino Unido, una Orden del Consejo es un tipo de legislaciĂłn aprobada formalmente en el nombre de la Reina; https://en.wikipedia.org/wiki/Order_in_Council
[2] VĂ©ase adjunto de PDF
[3] Esposa de Ed Miliband