La Guardia Civil requisa el vehículo de una gibraltareña por llevar un único paquete de cigarrillos – A102

No declarar un paquete de tabaco, motivo suficiente para requisar el vehículo de una gibraltareña

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La Guardia Civil requisa el vehículo de una gibraltareña por llevar un único paquete de tabaco

Gibraltar, 17 de febrero de 2015

El pasado día 3 de febrero, según información del diario gibraltareño Panorama firmada por Leo Olivero, la Guardia Civil española intervino un vehículo con matrícula gibraltareña a causa de una supuesta infracción de contrabando de tabaco en la frontera de la Línea de la Concepción.

Aquel día, por la tarde, una ciudadana gibraltareña fue sometida al registro de su vehículo al atravesar por el carril verde de la Aduana fronteriza (el utilizado cuando no se tiene nada que declarar).

La conductora había decidido atravesar la frontera por el carril verde con el convencimiento de que no llevaba nada que declarar, como así se lo hizo saber al agente de la Guardia Civil que la paró en el puesto fronterizo y le preguntó si tenía algo que declarar.

Tras la búsqueda rutinaria el agente le pidió que abriera la guantera, en la que halló un solo paquete de tabaco de la marca American Legend.

Según el testimonio de la ciudadana gibraltareña, el agente le preguntó “sarcásticamente” que qué era eso. Otro agente quiso saber si tenía más cigarrillos ocultos. Ella contestó que no y este segundo guardia civil le dijo que entonces no tenía por qué preocuparse.

El agente que efectuó el registro la acompañó a la oficina de aduanas, donde le pidió que entregase su pasaporte, así como las llaves y documentación del vehículo.

Fue entonces cuando la conductora fue informada de que la Guardia Civil procedía a requisar su coche por no haber declarado el solitario paquete de cigarrillos.

La teniente de la Guardia Civil que en ese momento estaba al frente del el equipo de agentes y a la cual se dirigió la conductora no le ofreció ni ayuda ni explicaciones. Tras solicitar la presencia del funcionario responsable de aduanas, éste le comentó que, en efecto, no era normal la intervención de un vehículo por una cantidad tan nimia de tabaco, y que “probablemente” había “pillado al agente en un mal día”.

Finalmente, la Guardia Civil indicó a la ciudadana de Gibraltar que si no estaba de acuerdo con el trato recibido o con la sanción impuesta, podía hacer la pertinente reclamación en la Comandancia de Algeciras. En ese momento, le fue entregada la notificación de la infracción en la que, a continuación de sus datos y los del vehículo se le hacía saber que el motivo de la incautación del vehículo era la posesión de un paquete de tabaco “carente de las precintas reglamentarias” tras haber decidido atravesar la frontera por el carril verde de “nada que declarar”. La notificación se basa en el “Artículo 11.1, en relación con el artículo 2.1 a), de la Ley Orgánica 12/1995. Importar o exportar mercancías de lícito comercio sin presentarlas para su despacho en las oficinas de aduanas o en los lugares habilitados por la Administración aduanera”.

Obligación de declararlo todo

La implicada fue al día siguiente la Comandancia de Algeciras donde se le explicó que “siempre, incluso si lo que se porta está dentro de los límites de la franquicia legal, siempre hay que declarar la mercancía en la aduana”.

Así pues, el paso por el carril verde de la frontera de Gibraltar con España, según esta información aportada por la Comandancia de la Guardia Civil, estaría reservado únicamente a las personas que no llevan absolutamente ninguna mercancía consigo, ni aun dentro de las franquicias, establecidas según casa caso, por la ley española.

Tras estas explicaciones, sin embargo, ese mismo día el vehículo le fue devuelto a su propietaria.

De ser ciertas las explicaciones proferidas, se produciría un caos en todas las fronteras españolas, al inhabilitar de facto los canales verdes.

Según las Normas de Funcionamiento de la Aduana de La Línea, expuestas en un cartel en las dependencias de la misma, “toda ocultación… dolosa de cualquier clase de géneros… dentro del recinto aduanero… a la Acción de la Administración de Aduanas, constituirá infracción o delito de contrabando.”

En otras palabras, la ubicación de la cajetilla de tabaco en la guantera fue interpretada por el agente de la autoridad como una “ocultación dolosa”, lo que le llevó a requisar el vehículo.

El incidente pone de manifiesto que los reglamentos, así como su interpretación, en el lado español de la frontera de Gibraltar no son en absoluto transparentes y que están abiertos a cualquier arbitrariedad.

Nota a redactores:

Según el Régimen de Viajeros, actualizado a 2013, establecido por la Agencia Tributaria relativo a las Franquicias a la entrada en la Península y Baleares, los límites exentos del pago de los derechos de importación de los bienes contenidos en los equipajes personales de los viajeros procedentes de países terceros son los siguientes para los casos de Gibraltar y Andorra (se adjunta copia del folleto correspondiente de la web da la AEAT y foto del cartel de advertencia de viajeros en la Aduana de La Línea):

Se hace notar que el límite fijado para Andorra es de un 50% superior al de Gibraltar en bebidas alcohólicas, y de un 50% en productos del tabaco (60% en el caso de la picadura).

Gibraltar            

Alcohol y bebidas alcohólicas de grado alcohólico superior al 22 %: 1 litro o

Alcohol y bebidas alcohólicas de grado alcohólico inferior al 22 %: 2 litros o

Vino: 4 litros o

Cerveza: 16 litros

Cigarrillos: 200 o

Cigarritos: 100 (Son puros con un peso máximo de 3 g/unidad) o

Puros: 50 o

Tabaco para fumar: 250 g

Se reducen a 80 cigarrillos para los viajeros residentes y trabajadores fronterizos de la zona fronteriza con Gibraltar (municipios a 15 kilómetros en línea recta a partir de la frontera con Gibraltar).

Andorra

Bebidas de grado alcohólico superior a 22°: 1,5 litros o

Bebidas de grado alcohólico inferior a 22°: 3 litros o

Vino: 5 litros o

Cerveza: 16 litros

Cigarrillos: 300 piezas o

Cigarritos: 150 o

Puros: 75 unidades o

Picadura de tabaco y tabaco para pipa: 400 gramos

Se reducen a 200 cigarrillos para los viajeros residentes y trabajadores fronterizos de la zona fronteriza con Andorra (municipios a 15 kilómetros en línea recta a partir de la frontera con Andorra).

Documentos adjuntos:

1.-    Notificación decomiso vehículo por posesión de un paquete de tabaco

2.-    Agencia Tributaria – Régimen de Viajeros – Franquicias a la entrada en Península y Baleares

3.-    CARTEL ADUANA ESPAÑOLA Normas Funcionamiento (Detalle)

Esta es una información elaborada por la Oficina de Información de Gibraltar.

Para cualquier ampliación de esta información, rogamos contacte con

Oficina de Información de Gibraltar

Miguel Vermehren, Madrid, miguel@infogibraltar.com, Tel 609 004 166

Sandra Balvín, Campo de Gibraltar, sandra@infogibraltar.com, Tel 661 547 573

Web: www.infogibraltar.com, web en inglés: www.gibraltar.gov.gi/press-office

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