Presentación del Borrador Parlamentario sobre el uso de drones en Gibraltar – C466

El Gobierno de Gibraltar presenta un borrador para modificar la Normativa de Aviación Civil y controlar en mayor medida el uso de drones en el espacio aéreo del Peñón.

Gobierno de Gibraltar: Oficina del Viceministro Principal

Presentación del Borrador Parlamentario sobre el uso de drones en Gibraltar

Gibraltar, 20 de junio de 2019

En vista de los recientes cambios en la legislación britĆ”nica sobre el uso de aeronaves pequeƱas no tripuladas, incluidas aquellas conocidas comĆŗnmente como ā€œdronesā€, el Gobierno publica hoy un Borrador Parlamentario que modifica la Normativa de Aviación Civil (Navegación AĆ©rea) de 2009 [Civil Aviation (Air Navigation) Regulations 2009] sobre el uso de este tipo de aeronaves en Gibraltar.

Las modificaciones incluidas en el Borrador Parlamentario proponen lo siguiente:

  • Todos los drones, independientemente de su peso —incluidos aquellos con un peso inferior a los 250 gramos, esto es, los drones de juguete—, estarĆ”n cubiertos por la legislación modificada. En la actualidad, los drones con un peso inferior a 7 kilos estĆ”n exentos de la mayorĆ­a de los requisitos vigentes.
  • NingĆŗn dron, incluidos aquellos con un peso inferior a los 250 gramos (drones de juguete), podrĆ” volar en el espacio aĆ©reo de Gibraltar, ya sea por ocio o con fines comerciales, sin permiso por parte del Director de Aviación Civil (Director of Civil Aviation, DCA). Este nuevo requisito se hace eco de la legislación britĆ”nica, que exige que los operadores de drones obtengan permisos similares antes de volar sus dispositivos cerca de un aeropuerto. Estas medidas contribuirĆ”n a reducir la probabilidad de que sucedan percances como los observados en el Aeropuerto de Gatwick el pasado diciembre.
  • ExistirĆ” una diferenciación entre el operador del dron y el piloto remoto —las responsabilidades y obligaciones recaerĆ”n sobre ambos—; en muchos casos, se tratarĆ” de la misma persona, pero ello permite cubrir los casos en los que una empresa posea mĆ”s de un dron y emplee a distintos pilotos para operarlos.
  • Todos los operadores de drones deberĆ”n registrarse ante el DCA antes del 1 de enero de 2020. Este requisito no serĆ” de aplicación para los drones con un peso inferior a los 250 gramos (drones de juguete). Se cobrarĆ” una tasa para el registro de los operadores de drones.
  • Todos los pilotos remotos deberĆ”n demostrar su aptitud para pilotar ante el DCA antes del 1 de enero de 2020. Este requisito no serĆ” de aplicación para los drones con un peso inferior a los 250 gramos (drones de juguete).
  • Los drones con un peso superior a los 250 gramos deberĆ”n exhibir un código de registro.

El Viceministro Principal y el Ministro responsable de Aviación Civil, Joseph GarcĆ­a, comentó: ā€œEl interĆ©s de la comunidad por el uso de drones sigue aumentando y, actualmente, existe un total de cinco operadores registrados ante el Director de Aviación Civil. La disrupción sufrida en el Aeropuerto de Gatwick poco antes de Navidad puso de manifiesto los problemas que puede acarrear el vuelo no autorizado de drones cerca de campos de aviación, y me complace anunciar estos nuevos procedimientos para controlar el uso de estos dispositivosā€.

Comunicado original en inglƩs, en el PDF adjunto

Nota a redactores:

Esta es una traducción realizada por la Oficina de Información de Gibraltar. Algunas palabras no se encuentran en el documento original y se han añadido para mejorar el sentido de la traducción. El texto vÔlido es el original en inglés.

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