Registro de muertes fetales – C156

 

El Gobierno ha modificado la Ley de Registro de Nacimientos y Defunciones (Births & Deaths Registration Act) para permitir el registro de cualquier muerte fetal que pueda producirse en Gibraltar, siempre y cuando se produzca partir de la vigesimocuarta semana de embarazo.

Gobierno de Gibraltar: Autoridad Sanitaria de Gibraltar

Registro de muertes fetales

Gibraltar, 8 de marzo de 2013

El Gobierno ha modificado la Ley de Registro de Nacimientos y Defunciones (Births & Deaths Registration Act) para permitir el registro de cualquier muerte fetal que pueda producirse en Gibraltar, siempre y cuando se produzca partir de la vigesimocuarta semana de embarazo.

Además, el Gobierno ha establecido disposiciones para el registro de cualquier muerte fetal que se haya producido desde el 1 de enero de 1996 hasta ahora. Esto, sin embargo, no debería interpretarse como la imposición de una obligación de solicitar dicho registro.

El Ministro de Salud, John Cortés, afirmó: “Hemos respondido muy rápidamente a una petición de la nueva organización benéfica Baby STEPPs[1] para cambiar la ley, de manera que sea consistente con el resto de la legislación y otorgue esta posibilidad a los padres que han sufrido una muerte fetal. Estoy muy satisfecho de haber podido acometer esta modificación y de que los trámites administrativos estén ya dispuestos para proceder”.

Las preguntas sobre el proceso administrativo de registros pueden formularse directamente a la Oficina de Registro y Estado Civil (Civil Status & Registration Office), que proporcionará el asesoramiento necesario. Por favor contactar con la oficina en el teléfono (00350) 200 51725 o por correo electrónico en: csro@gibraltar.gov.gi.

130308 156 Registro de muertes fetales.pdf