Eurocámara: 160502 E003709 / 2016 Artículo 218 del TFUE- Transparencia de las negociaciones: acuerdos globales de transporte aéreo, cláusula de competencia leal, transparencia financiera y coste económico de la cuestión de Gibraltar

Pregunta de Ramón Tremosa (ALDE-CDC)

Respuesta del Consejo de la Unión Europea

Pregunta 2 Mayo 2016 Ramón Tremosa (ALDE-CDC)

Asunto: 2016 Artículo 218 del TFUE- Transparencia de las negociaciones: acuerdos globales de transporte aéreo, cláusula de competencia leal, transparencia financiera y coste económico de la cuestión de Gibraltar

De conformidad con el artículo 218 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), el Consejo y la Comisión requieren la aprobación del Parlamento para celebrar acuerdos internacionales.

El Parlamento acoge con gran satisfacción que el Consejo estudie la posibilidad de tratar las prácticas desleales en el transporte aéreo internacional en los futuros acuerdos globales de aviación.

Es evidente que la Unión necesita inversiones extranjeras, pero no debe olvidar que las compañías aéreas de terceros países también necesitan a los europeos, que representan más de 500 millones de pasajeros potenciales para los mercados de Asia y los Estados Unidos.

1. ¿Puede comunicar el Consejo la última cláusula de competencia leal utilizada en las negociaciones sobre los acuerdos globales de servicios aéreos con la ASEAN y los Estados del Golfo y, en particular, los elementos relativos a la transparencia financiera y la divulgación de las cuentas como una condición previa para seguir ampliando el acceso al mercado[1]?

2. ¿Está de acuerdo el Consejo con que es necesaria una transparencia financiera absoluta de las cuentas en aras de la igualdad de condiciones y la competencia leal, a fin de confirmar o descartar las acusaciones sobre subvenciones públicas y «préstamos especiales» supuestamente concedidos a determinadas compañías aéreas[2]?

Por lo que se refiere al punto muerto en las negociaciones con Gibraltar:

3. ¿Puede aportar el Consejo cifras y datos sobre el daño económico causado por la parálisis de las negociaciones con Gibraltar?

Respuesta 19 septiembre 2016 Consejo de la Unión Europea

En el contexto de las decisiones adoptadas por el Consejo el 7 de junio de 2016[1], los objetivos de los acuerdos generales de transporte aéreo de la UE con la ASEAN, Turquía, Qatar y los Emiratos Árabes Unidos son, entre otras cosas, crear nuevas oportunidades de negocio para las compañías aéreas de la UE, mejorar el acceso al mercado y garantizar condiciones de mercado justas y transparentes para todos los actores a partir de un marco regulador claro.

El Consejo concede una gran importancia tanto a garantizar una competencia leal entre los transportistas de la UE y las terceras partes de que se trate como a la transparencia de las cuentas financieras.

En cuanto a la situación de bloqueo sobre Gibraltar, el Consejo no tiene ningún dato acerca de cualquier posible daño económico causado.

 

[1] Decisiones del Consejo por las que se autoriza a la Comisión a entablar negociaciones sobre un acuerdo global de transporte aéreo entre la Unión Europea y sus Estados miembros y la Asociación de Naciones del Asia Sudoriental (ASEAN), la República de Turquía, el Estado de Qatar y los Emiratos Árabes Unidos. Estas Decisiones está clasificadas. El PE fue informado de su adopción el 15 de junio de 2016, de conformidad con el artículo 218.10 del TFUE.

 
Question 2 May 2016 Ramón Tremosa (ALDE-CDC)
Subject:  Article 218 TFEU — transparency of negotiations: comprehensive air transport agreements, fair competition clause/financial transparency and economic cost of the Gibraltar issue
 
Under Article 218 of the Treaty on the Functioning of the European Union (TFEU), the Council and Commission need the consent of Parliament in order to conclude international agreements.

Parliament greatly welcomes the fact that the Council is looking into addressing unfair practices in international air transport in the future comprehensive agreements on aviation.

Of course the EU needs foreign investment, but it must not forget that third-country carriers also need Europeans, who represent over 500 million potential passengers for the Asian and US markets.

1. Can the Council provide us with the latest fair competition clause as employed in the negotiations for comprehensive air service agreements with ASEAN and the Gulf states, and in particular the elements relating to financial transparency and disclosure of accounts as a condition for further market access[1]?

2. Does the Council agree that to ensure a level playing field and fair competition, full financial transparency of accounts is necessary in order to confirm or dismiss the accusations of public subsidies and ‘special loans’ allegedly granted to certain airlines[2]?

Regarding the deadlock over Gibraltar:

3. Can the Council provide us with figures and data concerning the economic damage caused by the paralysis over Gibraltar?

 

Answer 19 September 2016 by the Counsil of the European Union

In the context of the decisions adopted by the Council on 7 June 2016[1], the objectives of the EU‐level comprehensive air transport agreements with ASEAN, Turkey, Qatar and the United Arab Emirates are, inter alia, to create new business opportunities for EU airlines, improve market access and ensure fair and transparent market conditions for all actors based on a clear regulatory framework.

The Council attaches great importance both to ensuring fair competition between the EU carriers and the third parties in question and to the transparency of financial accounts.

Regarding the deadlock over Gibraltar, the Council does not have any data concerning any economic damage caused.



[1] Council Decisions authorising the Commission to open negotiations on a comprehensive air transport agreement between the EU and its Member States and the Association of Southeast Asian Nations (ASEAN), the Republic of Turkey, the State of Qatar and the United Arab Emirates. These decisions are classified. The EP has been informed of their adoption on 15 June 2016 in accordance with Article 218(10) TFEU.

160922 Q Ramón Tremosa (ALDE-CDC) Art 218 TFEU transparency of negotiations-comprehensive air transport agreements and economic cost of the Gibraltar issue A Council E.pdf