Nota Técnica: Información sobre el paso de menores por la frontera – C747

Gibraltar avisa del cambio de normativa española sobre el paso de la frontera para los menores de hasta 17 años

Gobierno de Gibraltar

Nota técnica

Información sobre el paso de menores por la frontera

Gibraltar, 10 de octubre de 2022

Menores que cruzan la frontera

Las autoridades españolas han comunicado a las gibraltareñas que, a partir del miércoles 12 de octubre de 2022, entrarán en vigor nuevos controles en la frontera que afectarán al cruce de menores. La información contenida en esta Nota Técnica se entiende sin perjuicio del cumplimiento de otras condiciones de entrada que las autoridades españolas apliquen en cumplimiento de sus obligaciones en el Código de Fronteras Schengen, como por ejemplo, la exigencia de que el menor esté en posesión de documentación de viaje válida.

A partir del miércoles 12 de octubre de 2022, se aplicarán los siguientes requisitos adicionales a los menores, es decir, a las personas de hasta 17 años, cuando crucen la frontera:

Menores residentes en Gibraltar

Los menores residentes en Gibraltar que pretendan cruzar de Gibraltar a España deberán ir acompañados por un adulto. Se puede denegar la entrada del menor si éste no va acompañado. Si el adulto que acompaña al menor no es uno de sus padres, los policías de fronteras españoles realizarán controles más exhaustivos de lo habitual para, por ejemplo, registrar los datos personales tanto del adulto como del menor.

Los menores residentes en Gibraltar que pretendan cruzar de España a Gibraltar deberán también ir acompañados por un adulto. Cuando el adulto no sea el padre o la madre del menor, se realizarán los mismos controles exhaustivos mencionados anteriormente.

Menores residentes en España

Los menores residentes en España que deseen cruzar de España a Gibraltar deberán asimismo ir acompañados por un adulto. Si el menor va acompañado de un adulto que no sea uno de sus padres, se realizarán controles más exhaustivos de lo habitual y será necesario presentar a las autoridades españolas en la frontera una Declaración debidamente cumplimentada y firmada por el padre o la madre responsable del menor. Se adjunta una copia de esta declaración a esta Nota Técnica. En los casos en los que el adulto que acompaña al menor sea uno de sus padres, no será necesario presentar una Declaración. 

Lo mismo se aplicará cuando los menores residentes en España deseen cruzar de Gibraltar a España.

Es importante aclarar que los requisitos con respecto a la Declaración mencionada anteriormente sólo se aplican a los menores que residen en España. No se aplican a los menores que residen en Gibraltar.

Recomendación

Se recomienda a los padres de los menores que hasta ahora han confiado en que sus hijos puedan cruzar la frontera sin ir acompañados que presten especial atención a los requisitos descritos en esta Nota Técnica. Por ejemplo, es importante tener en cuenta que los niños que crucen la frontera sin un adulto responsable para ir al colegio, asistir a actividades o hacer uso del Aeropuerto de Gibraltar no podrán hacerlo sin un adulto responsable a partir del miércoles 12 de octubre de 2022.

Otros puntos a tener en cuenta

El Gobierno entiende que estos nuevos requisitos no deberían afectar a los menores que crucen la frontera para participar en eventos o actividades organizadas, como excursiones escolares o actividades deportivas en las que los menores forman parte de un grupo del que los profesores o entrenadores se hacen responsables. Cuando estos eventos o actividades tengan lugar en España, y la organización que viaja tenga su sede en Gibraltar, deberá enviarse previamente a la Agencia de Fronteras y Guardacostas (Borders and Coastguard Agency, BCA) la habitual “Lista de menores para viajes organizados a España”, lo cual se hará por correo electrónico a la BCA con al menos un día laborable de antelación a la realización del viaje. Se puede solicitar más información al respecto a la BCA dirigiéndose a info@bca.gov.gi.

La ciudadanía también debe tener en cuenta que la información contenida en esta Nota Técnica se basa en la información transmitida a las autoridades de Gibraltar por las autoridades españolas. Aunque la intención del Gobierno con esta Nota Técnica es proporcionar a la ciudadanía un aviso lo más temprano y preciso posible, éste debe tener en cuenta que se trata de requisitos españoles que podrían estar sujetos a cambios.

Los controles habituales aplicados por las autoridades gibraltareñas a los menores que cruzan la frontera no se ven afectados por la información contenida en esta Nota Técnica, sino que continuarán con normalidad.

Comunicado en pdf con original en inglés y copia de la declaración requerida por las autoridades españolas en caso de menores residentes en España.

Notas a redactores:

Esta es una traducción realizada por el Servicio de Información de Gibraltar. Algunas palabras no se encuentran en el documento original y se han añadido para mejorar el sentido de la traducción. El texto válido es el original en inglés.

Para cualquier ampliación de esta información, rogamos contacte con

Servicio de Información de Gibraltar

Miguel Vermehren, Madrid, miguel@infogibraltar.com, Tel 609 004 166

Sandra Balvín, Campo de Gibraltar, sandra@infogibraltar.com, Tel 637 617 757

Eva Reyes Borrego, Campo de Gibraltar, eva@infogibraltar.com, Tel 619 778 498

Web: www.infogibraltar.com, web en inglés: www.gibraltar.gov.gi/press

Twitter: @InfoGibraltar