Nota Técnica: Fin de los acuerdos de asistencia sanitaria recíproca con España – C452

España no prorroga los acuerdos sobre atención sanitaria con Gibraltar

Gobierno de Gibraltar

Nota técnica

Fin de los acuerdos de asistencia sanitaria recíproca con España

Gibraltar, 28 de junio de 2022

El 31 de diciembre de 2020, como consecuencia de la salida del Reino Unido y Gibraltar de la Unión Europea, los acuerdos de asistencia sanitaria recíproca con la UE llegaron a su fin. 

Como ya ha informado el Gobierno de Gibraltar en sus Notas Técnicas sobre este tema, y en sus Orientaciones a los Ciudadanos publicadas en marzo este año, el pleno efecto de lo arriba expuesto se atemperó en lo que respecta a España mediante una medida puente introducida de conformidad con el Real Decreto del Brexit de España y los acuerdos unilaterales mantenidos en Gibraltar. En virtud del Real Decreto sobre el Brexit de España, los acuerdos de asistencia sanitaria recíproca se prorrogaban hasta el 30 de junio de 2022. 

El Gobierno de Gibraltar lamenta constatar que en la reunión de ayer del Consejo de Ministros español, el Gobierno español decidió no prorrogar esta medida. El Gobierno de Gibraltar habría preferido que se mantuvieran estos acuerdos, que afectan profundamente a los ciudadanos de ambos lados de la frontera en asuntos tan esenciales como la asistencia sanitaria. De hecho, el Gobierno de Gibraltar estaba dispuesto a mantenerlos.  

Sin embargo, dado que la reciprocidad es un elemento clave de estos acuerdos, que no pueden funcionar sin coordinación y sin disposiciones para el reembolso de los costes, etc., al Gobierno de Gibraltar no le queda más remedio que suspenderlos también en lo que respecta al tratamiento en Gibraltar. 

El efecto de lo anterior es el siguiente:

Tratamiento sanitario de urgencia

Los residentes de Gibraltar asegurados bajo el Group Practice Medical Scheme de Gibraltar (el régimen que proporciona acceso gratuito a los servicios de la Autoridad Sanitaria de Gibraltar y que cubre a la gran mayoría de los residentes de Gibraltar) ya no podrán, a partir del 30 de junio de 2022, acceder a la asistencia sanitaria de urgencia gratuita en España durante una estancia temporal en España. 

Por lo tanto, a partir del 1 de julio de 2022, los residentes en Gibraltar deberán asegurarse de tener un seguro de viaje adecuado con cobertura médica cada vez que vayan a España, independientemente de la duración de la estancia y, por lo tanto, de si el tiempo de estancia es sólo de algunas horas (por ejemplo, una excursión de compras o ir a España a comer). 

La consecuencia de carecer de este seguro sería que las personas tendrían que pagar ellas mismas cualquier acceso a la asistencia sanitaria española, incluso si ese acceso a la asistencia sanitaria es necesario en caso de emergencia o accidente. En caso de que se requiera atención médica, los costes incurridos pueden ser considerables, por lo que debe asegurarse de tener una cobertura de seguro adecuada o, alternativamente, los medios para pagar. El Gobierno de Gibraltar no puede hacerse responsable de las reclamaciones derivadas de la falta de seguro contra estos riesgos.

Se recuerda, una vez más, que esta ha sido la posición en todos los Estados miembros de la UE, excepto España, desde el 31 de diciembre de 2020. A partir del 1 de julio de 2022, también lo será en España. 

En consecuencia, y en lo que respecta al servicio de asistencia sanitaria en Gibraltar, el Gobierno de Gibraltar se ve obligado a informar de que, a partir del 1 de julio de 2022, la Autoridad Sanitaria de Gibraltar dejará de prestar asistencia sanitaria gratuita a los visitantes de Gibraltar cubiertos por el sistema de seguridad social español. 

Otras cuestiones que afectan a la asistencia sanitaria

El Gobierno de Gibraltar también se ve obligado a informar de que, como consecuencia de la decisión del Gobierno español de no prorrogar estos acuerdos, la Agencia Tributaria de Gibraltar dejará de expedir, a partir del 1 de julio de 2022, certificados S1 a las personas no cubiertas por el Acuerdo de Retirada UE-Reino Unido que sean trabajadores transfronterizos que coticen al sistema de seguridad social de Gibraltar. 

Los trabajadores transfronterizos afectados deben comprobar con las autoridades españolas si, sin un certificado S1, podrían seguir registrándose para acceder a la asistencia sanitaria estatal española. 

Personas cubiertas por el Acuerdo de Retirada

Esta Notificación Técnica no afecta a la situación de las personas que entran en el ámbito de aplicación del Acuerdo de Retirada. 

Más información

Esta Nota Técnica es meramente orientativa.

Si tiene más dudas, envíe un correo electrónico a

brexit@gibraltar.gov.gi

Comunicado en pdf con original en inglés incluido. 

Nota a redactores:

Esta es una traducción realizada por el Servicio de Información de Gibraltar. Algunas palabras no se encuentran en el documento original y se han añadido para mejorar el sentido de la traducción. El texto válido es el original en inglés.

Para cualquier ampliación de esta información, rogamos contacte con

Oficina de Información de Gibraltar

Miguel Vermehren, Madrid, miguel@infogibraltar.com, Tel 609 004 166

Sandra Balvín, Campo de Gibraltar, sandra@infogibraltar.com, Tel 637 617 757

Eva Reyes Borrego, Campo de Gibraltar, eva@infogibraltar.com, Tel 619 778 498 

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