Impuesto complementario cualificado según las normas del Segundo Pilar de la OCDE/G20 sobre la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios – C878

Gibraltar será de las primeras jurisdicciones en implementar las nuevas normas para armonizar un tipo impositivo mundial para las multinacionales

Gobierno de Gibraltar

Impuesto complementario cualificado según las normas del Segundo Pilar de la OCDE/G20 sobre la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios

Gibraltar, 19 de diciembre de 2023

Gibraltar da un paso importante en lo que respecta a la reforma fiscal internacional, en el marco de la adopción de las Normas globales contra la erosión de la base imponible (GloBE, por sus siglas en inglés) del Segundo Pilar, con el firme compromiso de introducir un impuesto complementario cualificado mínimo de ámbito nacional y conforme al Segundo Pilar. Se trata de un paso previo a la plena aplicación del Segundo Pilar en los ejercicios financieros posteriores al 31 de diciembre de 2024, tal como anunció el Ministro Principal en su discurso de presentación del Presupuesto de 2023. Esta medida progresiva refuerza la posición de Gibraltar como jurisdicción fiscal que cumple y coopera dentro de las normas internacionales sobre la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios.

La armonización de un tipo impositivo mínimo mundial es, sin duda, el cambio más significativo e importante del sistema fiscal internacional desde la década de 1920. Como miembro del Marco Inclusivo de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), Gibraltar se incorporó al consenso internacional constituido por otras 137 jurisdicciones que se han comprometido a aplicar normas contra la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios, así como a garantizar el cumplimiento de los objetivos de política [tributaria], entre los que figuran que las grandes empresas multinacionales paguen los impuestos que les corresponden. La introducción de este impuesto complementario en Gibraltar promueve este esfuerzo global y subraya el compromiso del Peñón con la cooperación internacional en materia fiscal.

En virtud de nuestra aplicación en dos fases del Segundo Pilar, en un primer momento este impuesto complementario se introducirá de conformidad con las Reglas Modelo de la OCDE para los sujetos pasivos en relación con los ejercicios fiscales que comiencen a partir del 31 de diciembre de 2023. Las empresas incluidas en el ámbito de aplicación son las pertenecientes a grupos empresariales multinacionales con unos ingresos anuales iguales o superiores a 750 millones de euros en los estados financieros consolidados de la entidad matriz última en al menos dos de los cuatro ejercicios contables inmediatamente anteriores. Este impuesto complementario se aplicará a las filiales o establecimientos permanentes de dichos grupos cuando la entidad matriz última se encuentre en una jurisdicción que haya implementado las normas del Segundo Pilar.

Este paso es una iniciativa estratégica impulsada por la necesidad de salvaguardar la base fiscal de Gibraltar. Protege el derecho a gravar las rentas generadas por esas filiales o establecimientos permanentes residentes en Gibraltar y evita que sus ingresos sean gravados en la jurisdicción en la que tenga la residencia fiscal su entidad matriz última en virtud de las normas de Segundo Pilar. El impuesto complementario de Gibraltar será conforme a las Normas Modelo, los Comentarios y otras orientaciones pertinentes de la OCDE publicadas a 31 de diciembre de 2023. Nuestro objetivo es minimizar el riesgo de errores de interpretación y desajustes entre jurisdicciones y, lo que es más importante, garantizar que este impuesto complementario sea coherente con la adopción del Segundo Pilar en otros países y en el cumplimiento de las normas para poder aplicar el Impuesto Mínimo Complementario Nacional Cualificado.

La Secretaría de la OCDE ha sido consultada sobre nuestra propuesta y acoge favorablemente el enfoque adoptado por Gibraltar. Seguiremos consultando a su equipo de expertos del Segundo Pilar a medida que prosiga la implementación por nuestra parte. Por lo tanto, estamos convencidos de que nuestro enfoque es conforme a una aplicación adecuada de la iniciativa del Segundo Pilar y cumple los criterios para clasificarse como apto y acreditable a efectos de la aplicación más amplia de las Normas Modelo.

Esta propuesta no pretende reformar el sistema tributario nacional de la inmensa mayoría de nuestros contribuyentes. El año que viene, la propuesta se someterá a las consultas en curso sobre el Segundo Pilar, que analizarán y darán forma a la plena aplicación y protegerán nuestra base impositiva, al tiempo que seguimos colaborando plenamente con las partes interesadas. Se trata de un paso lógico e importante para la plena aplicación del Segundo Pilar en Gibraltar y está en consonancia con la evolución del panorama fiscal internacional. El Gobierno de Gibraltar cree firmemente que este enfoque sitúa a Gibraltar como participante activo y pionero en los esfuerzos internacionales para abordar los retos fiscales y, como primera fase de la aplicación del Segundo Pilar, demuestra nuestro compromiso de cumplir las normas internacionales y de colaborar con la comunidad mundial en estas cuestiones tributarias.


Gobierno de Gibraltar

Declaración del Ministro de Justicia, Comercio e Industria Nigel Feetham ante el Parlamento sobre la reforma del impuesto de sociedades

Gibraltar, 19 de diciembre de 2023

Señora Presidenta, tomo la palabra para hacer esta Declaración con el fin de informar a nuestro Parlamento y a nuestro país sobre una importante reforma del impuesto de sociedades. En su discurso sobre el estado de la nación ante el Parlamento durante el debate de los Presupuestos de 2023, el Ministro Principal se refirió brevemente a la importancia de la iniciativa de la OCDE sobre el impuesto mínimo global siguiendo las normas modelo del Segundo Pilar, mencionando que se trata de un cambio grande e importante en la fiscalidad internacional.

Como miembro del Marco Inclusivo, Gibraltar se sumó al consenso sobre estos cambios y actualmente sigue firme en su compromiso. Esto demuestra que nuestra prioridad es el cumplimiento de las normas internacionales y la colaboración con la comunidad mundial en la prevención de la evasión fiscal a través de la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios.

Dada la importancia del Segundo Pilar, este Gobierno ha dedicado recursos específicos a la creación de un grupo de trabajo con el fin de garantizar su correcta aplicación a escala nacional.

Nuestra opinión inicial sobre la aplicación del Segundo Pilar en Gibraltar era que se esperaba que se aplicara a los ejercicios contables de los grupos de empresas multinacionales incluidos en el ámbito de aplicación a partir del 31 de diciembre de 2024.

Esto ha cambiado. La adopción del Segundo Pilar es un proceso dinámico y su aplicación global es de todo menos uniforme. Desde aquel discurso en el Parlamento, persiste la incertidumbre sobre el nivel de aplicación global que cabe esperar antes del 31 de diciembre de 2023.

Algunas jurisdicciones de la UE aún no han promulgado legislación con respecto a la última Directiva de la UE sobre un nivel mínimo global de imposición para las multinacionales; algunas incluso han publicado proyectos de ley en fecha tan tardía como noviembre de 2023.

Nosotros hemos estudiado el mejor plan de aplicación para Gibraltar. Se trata de un enfoque que todas las jurisdicciones han adoptado; una hoja de ruta que se adapta mejor a sus circunstancias individuales.

El asesoramiento que el Gobierno ha recibido indica que, como parte de la aplicación del Segundo Pilar, Gibraltar debería aplicar en primer lugar un Impuesto Mínimo Nacional Complementario Cualificado conforme al Segundo Pilar, adelantándose al calendario original. Este impuesto mínimo nacional complementario se aplicará a los ejercicios contables que comiencen a partir del 31 de diciembre de 2023.

No se trata de un cambio del sistema fiscal nacional tal como lo conocemos. Este cambio no afectará a la gran mayoría de los contribuyentes de Gibraltar; sino solo a las filiales y establecimientos permanentes en Gibraltar que pertenezcan a grupos de empresas multinacionales incluidos en el ámbito de aplicación que tengan su matriz fuera de Gibraltar y cuya jurisdicción haya adoptado las normas del Segundo Pilar.

Por lo tanto, como Ministro de Hacienda, anuncio hoy que lo antes posible en 2024, Gibraltar promulgará la legislación necesaria para aplicar este impuesto complementario; una legislación que cumpla y sea coherente con los objetivos y principios del Segundo Pilar, las Normas Modelo de la OCDE, los Comentarios y cualquier otra Directriz publicada hasta el 31 de diciembre de 2023 inclusive.

Este es uno de los objetivos del grupo de trabajo que hemos creado. Este grupo de profesionales, que trabajará en colaboración con el conjunto más amplio de expertos de Gibraltar, está en posición de aportar lo que necesitemos y cuando lo necesitemos.

Comprendo que muchos de los que me están escuchando puedan preguntarse por qué es necesario y a qué obedece la necesidad de implantarlo antes de lo previsto.

La respuesta es sencilla. Hemos hecho un seguimiento de la aplicación mundial; hemos visto cómo se está desarrollando y estamos dando los pasos necesarios para garantizar que Gibraltar esté en el grupo de pioneros en la aplicación del Segundo Pilar.

Esto no es infrecuente. Las reformas de la fiscalidad internacional son proyectos a gran escala y los calendarios de aplicación jurisdiccional deben ser flexibles.

La introducción de un impuesto complementario en Gibraltar es un puente hacia la plena aplicación del Segundo Pilar.

Hemos visto cómo las jurisdicciones presionan para que se apliquen rápidamente las medidas que mejor se adaptan a sus circunstancias individuales. Nosotros también tenemos que hacerlo.

Se trata, pues, de una decisión estratégica del Gobierno. Una que proteja nuestra base imponible blindando los beneficios de las filiales y establecimientos permanentes en Gibraltar, preservando nuestro derecho fiscal sobre ellos y recaudando así ingresos fiscales adicionales y valiosos para Gibraltar.

De hecho, crea una zona de seguridad que permite alcanzar el tipo impositivo efectivo mínimo exigido mediante un impuesto complementario pagado en Gibraltar.

Sin este impuesto complementario en 2024, los ingresos procedentes de filiales y establecimientos permanentes de multinacionales en Gibraltar estarían sujetos a la adopción internacional del Segundo Pilar fuera de Gibraltar. Si no cobramos el impuesto, lo hará la jurisdicción donde tiene su sede la empresa matriz. El efecto será, por tanto, prácticamente neutro para esas multinacionales.

Se trata de un paso importante y crucial; un paso hacia nuestra plena aplicación del Segundo Pilar; que cuenta con la aprobación del equipo del Segundo Pilar de la Secretaría de la OCDE y que consolida nuestra participación en los esfuerzos internacionales para hacer frente a los retos fiscales, al tiempo que otorga a Gibraltar la flexibilidad necesaria para seguir supervisando la evolución del panorama internacional en este ámbito.

El Gobierno publicará un anuncio oficial y un comunicado de prensa sobre la introducción de este impuesto complementario y seguirá proporcionando directrices y un canal de comunicación claro para los afectados y a medida que continuemos con nuestra aplicación del Segundo Pilar. Insistimos en que esto no tendrá ningún efecto salvo para un número muy pequeño de entidades gibraltareñas.

Señora Presidenta, nuestra sólida economía no solo depende de nuestra competitividad fiscal, sino también de que nos aseguremos de seguir recaudando impuestos de las grandes empresas, de acuerdo con las normas fiscales internacionales, para poder pagar nuestros servicios públicos y nuestra educación de gran calidad (entre otras cosas) y apoyar otros ámbitos de gasto público.

Dado que tenemos mano de obra limitada, también debemos seguir invirtiendo en el desarrollo de competencias (especialmente digitales) y animando a nuestros jóvenes a incorporarse a los lucrativos sectores financieros.

En nuestro compromiso por aliviar la carga fiscal de nuestros ciudadanos, pretendemos recaudar ingresos de las grandes empresas que prosperan en Gibraltar, compartiendo los beneficios de nuestro entorno normativo, oportunidades de negocio y estilo de vida único. Esto garantiza una contribución justa y equilibrada a la prosperidad de nuestra comunidad.

En las últimas nueve semanas hemos actuado con rapidez en este sentido porque creemos que es vital para nuestra economía.

No mentiré diciendo que el ritmo que hemos marcado en las últimas nueve semanas ha sido cómodo (el mismo ritmo que el Ministro Principal ha marcado para su Gobierno en los últimos 12 años); ha exigido trabajar en horarios intempestivos, incluidos los fines de semana, y a veces inundados por prioridades ministeriales diferentes y contrapuestas.

Por lo tanto, tengo que dar las gracias al Ministro Principal por su inquebrantable apoyo y orientación (a pesar de que tiene su propia agenda enormemente exigente), así como a los funcionarios de mi Ministerio. En particular, quiero dar las gracias al Comisario de Hacienda (Commissioner of Income Tax), John Lester. No ha habido una semana sin una reunión con él, a menudo más de una, e innumerables comunicaciones. También quiero agradecer a los miembros del grupo de trabajo fiscal por su experiencia y tiempo, así como a los asesores que hemos consultado y a las partes interesadas con las que hemos hablado.

Se lo agradezco, señora Presidenta.

Comunicado y Declaración Ministerial en pdf con originales en inglés incluidos

Nota a redactores:

Esta es una traducción realizada por el Servicio de Información de Gibraltar. Algunas palabras no se encuentran en el documento original y se han añadido para mejorar el sentido de la traducción. El texto válido es el original en inglés.

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