DeclaraciĆ³n ministerial conjunta sobre un tratado entre el Reino Unido y la UE con respecto a Gibraltar – C259

Gobierno de Gibraltar

Gibraltar, 29 de marzo de 2021

En el Consejo Ministerial Conjunto Reino Unido-Gibraltar celebrado en Gibraltar el 29 de marzo de 2021, el Ministro de Asuntos Exteriores, Dominic Raab, y el Ministro Principal de Gibraltar, FabiĆ”n Picardo, acordaron su enfoque conjunto para las prĆ³ximas negociaciones sobre un tratado entre la UE y el Reino Unido con respecto a Gibraltar.

Recordaron que el marco para este tratado se acordĆ³ con el Reino de EspaƱa el 31 de diciembre de 2020, acogieron con satisfacciĆ³n el enfoque constructivo y con visiĆ³n de futuro adoptado por el Gobierno espaƱol en estas negociaciones, y reiteraron su compromiso de continuar esta prĆ³xima fase con el mismo espĆ­ritu de partenariado compartido.

En su visita a Gibraltar, el Ministro de Asuntos Exteriores reiterĆ³ el mĆ”s que conocido compromiso del Reino Unido de que nunca entrarĆ” en acuerdos en virtud de los cuales el pueblo de Gibraltar pase a estar bajo la soberanĆ­a de otro Estado en contra de sus deseos expresados libre y democrĆ”ticamente. Tampoco entrarĆ” el Reino Unido en un proceso de negociaciones de soberanĆ­a con el que Gibraltar no estĆ© conforme.

El Ministro de Asuntos Exteriores y el Ministro Principal hicieron la siguiente declaraciĆ³n sobre el tratado:

ā€œNuestra posiciĆ³n refleja la situaciĆ³n Ćŗnica de Gibraltar y la oportunidad que supone esta negociaciĆ³n. En el centro estĆ” el objetivo compartido de asegurar la prosperidad futura de Gibraltar y la regiĆ³n circundante. Esto se conseguirĆ” a travĆ©s de un tratado que aporte confianza, seguridad jurĆ­dica y estabilidad a las vidas y las actividades econĆ³micas de los gibraltareƱos y las comunidades vecinas, sin perjuicio de las posiciones jurĆ­dicas sobre soberanĆ­a y jurisdicciĆ³n. El tratado debe garantizar una circulaciĆ³n fluida y abierta de personas y bienes entre Gibraltar y la UE.

Nos comprometemos a trabajar de forma constructiva y rĆ”pida con el objetivo de concluir un tratado en los prĆ³ximos meses. Dicho esto, repetimos nuestra posiciĆ³n de que un tratado debe celebrarse en los tĆ©rminos adecuados. La identidad britĆ”nica de Gibraltar, y la soberanĆ­a del Reino Unido, deben ser preservadas. Creemos que con compromiso y flexibilidad, un tratado puede cumplir estos requisitos. Sin embargo, si no es asĆ­, o si el acuerdo que se ofrece no es el adecuado para el Reino Unido y Gibraltar, estamos totalmente dispuestos a aceptar las consecuencias. El Reino Unido apoyarĆ” plenamente a Gibraltar, a su gente y a su economĆ­a en cualquier escenario.

El marco acordado con EspaƱa ofrece una base clara para el tratado. En las prĆ³ximas negociaciones, la posiciĆ³n adoptada por el Reino Unido y Gibraltar seguirĆ” las disposiciones acordadas en dicho marco.

En particular, el marco proporciona un modelo pragmĆ”tico para lograr la circulaciĆ³n fluida de personas entre Gibraltar y el espacio Schengen. SegĆŗn este modelo, podrĆ” establecerse una operaciĆ³n conjunta con la Agencia Europea de Fronteras y Guardacostas (Frontex) durante un perĆ­odo inicial de aplicaciĆ³n de cuatro aƱos. En caso de que, tras las consultas sobre los resultados de los acuerdos del periodo de aplicaciĆ³n, alguna de las partes, es decir, EspaƱa en la primera parte, y el Reino Unido y las autoridades de Gibraltar en la segunda, no estĆ© satisfecha con los resultados al final del periodo de aplicaciĆ³n, el acuerdo se rescindirĆ” al final de dicho periodo. Tanto para el Gobierno del Reino Unido como para el de Gibraltar, no serĆ­a aceptable la realizaciĆ³n de controles de primera lĆ­nea de la frontera exterior de Schengen en el territorio de Gibraltar por parte de funcionarios espaƱoles.

El Reino Unido y Gibraltar prevĆ©n que el modelo del marco se vea respaldado por acuerdos en otros Ć”mbitos, como las fuerzas del orden y la justicia penal. Existe un interĆ©s compartido en garantizar que el Gobierno de Gibraltar sea capaz de abordar eficazmente la delincuencia y el terrorismo, llevar a los delincuentes ante la justicia y proteger a los ciudadanos dentro de su jurisdicciĆ³n.

EspaƱa y Gibraltar comparten un interĆ©s mutuo en la circulaciĆ³n fluida de mercancĆ­as entre la UE y Gibraltar. Cualquier soluciĆ³n deberĆ­a reflejar el carĆ”cter Ćŗnico y la escala limitada de la economĆ­a de Gibraltar, con el objetivo de minimizar las barreras entre Gibraltar y la UE sin que ello suponga una carga regulatoria, legal o administrativa desproporcionada.

El tratado deberĆ­a aclarar los tĆ©rminos de la prestaciĆ³n de servicios entre Gibraltar y la UE, incluida la regiĆ³n circundante. En consonancia con esto, estamos dispuestos a asumir compromisos de igualdad de condiciones, proporcionales a la escala de la economĆ­a de Gibraltar y a los niveles de acceso al mercado [otorgados] en el tratado, para garantizar que no se produzcan distorsiones injustas.

En consonancia con el marco acordado, el tratado tambiĆ©n deberĆ” incluir disposiciones en cuanto a transporte; protecciĆ³n del medio ambiente; coordinaciĆ³n de la seguridad social; derechos de los ciudadanos (trabajadores fronterizos) y protecciĆ³n de datos.

El tratado debe contener disposiciones que garanticen una gobernanza efectiva y proporcionada, reflejando la naturaleza del tratado asĆ­ como la autonomĆ­a judicial de las partes. Esto incluirĆ” mecanismos de cooperaciĆ³n a travĆ©s de una estructura sencilla de ComitĆ© Mixto, de resoluciĆ³n de conflictos y de interpretaciĆ³n del tratadoā€.

Comunicado en pdf con original en inglƩs incluido.

Nota a redactores:

Esta es una traducciĆ³n realizada por el Servicio de InformaciĆ³n de Gibraltar. Algunas palabras no se encuentran en el documento original y se han aƱadido para mejorar el sentido de la traducciĆ³n. El texto vĆ”lido es el original en inglĆ©s.

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