Intervención del Ministro Principal ante el Parlamento: – Decisión sobre Ayuda Estatal – Planificación para una falta de acuerdo – Soberanía Conjunta – C811

Picardo se pronuncia ante el Parlamento sobre decisión de la Comisión acerca de la fiscalidad de Gibraltar, el Brexit sin Acuerdo y la Cosoberanía

Gobierno de Gibraltar

Intervención del Ministro Principal ante el Parlamento:

– Decisión sobre Ayuda Estatal

– Planificación para una falta de acuerdo

– Soberanía Conjunta

Gibraltar, 20 de diciembre de 2018

Señor Presidente,

Hay dos cuestiones europeas sobre las que me gustaría hablar durante esta intervención.

Ayuda Estatal

La Comisión Europea emitió ayer un Comunicado de Prensa anunciando que había adoptado una decisión final que cerraba su investigación sobre Ayuda Estatal en referencia a la Ley del Impuesto Sobre la Renta de Gibraltar (Income Tax Act 2010).

Se trata de una decisión importante en el sentido que pone fin a una investigación, que ha durado más de 6 años, y ha examinado la totalidad de nuestro sistema fiscal corporativo.

Me gustaría aportar un poco de contexto a esta cuestión.

La Ley del Impuesto Sobre la Renta fue presentada ante el Parlamento por la anterior Administración.

Entró en vigor el 1 de enero de 2011.

La anterior Administración decidió no notificar esta nueva medida a la Comisión de la UE en el momento en el que fue adoptada.

Seis meses después de acceder al cargo (1 de junio de 2012), fui informado de que el Gobierno español había presentado una queja ante la Comisión Europea argumentando que la Ley del Impuesto Sobre la Renta en su totalidad constituía una Ayuda Estatal ilegal. En particular, el Gobierno español consideraba que el objetivo de la Ley del Impuesto Sobre la Renta era mantener el régimen fiscal offshore al que el Gobierno Gibraltar había puesto fin cuando abolió la legislación sobre compañías exentas y compañías cualificadas.

El Gobierno español también estaba utilizando esta queja para reavivar el espectro de sus anteriores quejas sobre selectividad regional.

Tras examinar las numerosas alegaciones presentadas por España y escuchar las extensas argumentaciones del Gobierno de Gibraltar, el 16 de octubre de 2013 la Comisión abrió una investigación formal. Sin embargo, tan solo lo hizo en relación a dos aspectos concretos de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, específicamente una exención fiscal concedida a ciertos intereses y a los ingresos por royalties.

Las preocupaciones de la Comisión con respecto a estas dos cuestiones fueron abordadas, sin perjuicio, por parte del Gobierno de Gibraltar mediante enmiendas a la Ley del Impuesto sobre la Renta en julio de 2013 (intereses) y enero 2014 (ingresos por royalties).

En paralelo a lo anterior, la Comisión Europea también planteó cuestiones sobre la práctica de resoluciones fiscales por parte de la Agencia Tributaria (Income Tax Office) de Gibraltar.

En opinión del Gobierno de Gibraltar, las preguntas de la Comisión estuvieron erróneamente influenciadas por las investigaciones que estaba llevando a cabo sobre ciertas resoluciones fiscales en otras jurisdicciones fiscales europeas en casos completamente diferentes relativos a compañías individuales.

Los Diputados recordarán la publicidad que recibieron los casos que involucraban a empresas como Starbucks, Apple and Microsoft y la consiguiente política de la Comisión de investigar las prácticas de resoluciones fiscales en toda la UE.

No obstante la información entregada por Gibraltar, el 1 de octubre de 2014, la Comisión decidió extender su investigación a la práctica de resoluciones fiscales por la Hacienda de Gibraltar.

Esta decisión fue adoptada por el Comisario español Almunia, quien en aquel momento era responsable de ayudas estatales, mientras se estaban manteniendo discusiones sobre un gran número de resoluciones fiscales.

En otros casos, el Señor Almunia había sido sospechado de parcialidad nacional.

[Almunia] adoptó la decisión con precipitación, tan solo unas semanas antes del final de su mandato como Comisario de Competencia.

La decisión contenía varios errores palpables.

[La decisión] desencadenó una serie de eventos, incluyendo comunicaciones directas entre yo  mismo y el nuevo Presidente de la Comisión Europea y Comisario de Competencia.

Estos errores fueron, en gran medida, reconocidos por la Comisión.

Los Diputados comprenderán que esto explica por qué la decisión de abrir una investigación sobre la práctica de resoluciones fiscales en Gibraltar no fue publicada hasta el 7 de octubre de 2016, es decir, más de dos años después de haber sido adoptada.

[La decisión] fue inmediatamente protestada por el Gobierno de Gibraltar ante la Corte General de la Unión Europea.

El caso se encuentra actualmente abierto.

Al mismo tiempo que presentamos nuestras alegaciones legales, continuamos participando activamente con la Comisión en la investigación de la práctica de resoluciones fiscales en Gibraltar.

Durante ese tiempo se han llevado a cabo extensos intercambios y el equipo del Gobierno ha acudido a numerosas reuniones en Bruselas.

Yo mismo he acudido a varias reuniones de alto nivel sobre este tema.

En este proceso, hemos sido capaces de persuadir a la Comisión de que no existe ningún problema sistemático con la práctica de resoluciones fiscales en Gibraltar, según creía la Comisión.

Hemos demostrado que, mediante sus resoluciones fiscales, la Hacienda gibraltareña simplemente ofrecía una explicación de la legislación aplicable a un caso particular y en base a los hechos presentados.

Resulta de vital importancia recordar que, mediante la decisión de ayer, la Comisión ha aceptado los argumentos de Gibraltar referentes a que la práctica de resoluciones fiscales, en su conjunto, en el marco de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, no constituye una ayuda estatal.

Me gustaría agradecer y dar la enhorabuena al excelente equipo de la Hacienda de Gibraltar, pasado y presente, por esta resolución.

[El equipo] ha sido duramente criticado y la Comisión Europea ha sospechado que simplemente no han aplicado rigor ni seriedad en el cumplimiento de sus importantes funciones.

Nada podría estar más lejos de la verdad, tal y como ha quedado ahora establecido más allá de cualquier disputa razonable.

Frank Carreras, en particular, durante su periodo como Comisario del Impuesto Sobre la Renta (Commissioner of Income Tax), fue objeto de una investigación severa e injustificada por parte de la Comisión en más de una ocasión.

[Carreras] ha pasado por este proceso de manera ejemplar.

También me gustaría agradecer al actual Comisario, John Lester, y a Terence Rocca, Abogada del Estado (Crown Counsel) de la Hacienda de Gibraltar, por la tremenda labor que han llevado a cabo para producir el material necesario para disipar las sospechas completamente injustificadas sobre el incumplimiento sistemático de la ley por parte de la Hacienda de Gibraltar.

En las discusiones con la Comisión, el Gobierno de Gibraltar acordó introducir legislación para regular la práctica de resoluciones fiscales para ponerla sobre una base legislativa más sólida, además de Notas Orientativas incluyendo la interpretación del principio territorial de tasación. Estas fueron publicadas por el Gobierno de Gibraltar en octubre de 2018.

Señor Presidente, Isaac Levy del bufete de abogados internacional Hassans, del cual declaro que soy miembro en excedencia, también formó una parte clave del equipo del Gobierno.

[Levy] fue el profesional responsable del borrador de las Normas sobre Resoluciones Fiscales y todas las Notas Orientativas.

El enfoque del Gobierno se ha visto plenamente revindicado por la decisión de ayer, que nos permite continuar con la práctica de resoluciones fiscales.

Además, de las 165 resoluciones fiscales que la Comisión ha estado investigando, tan solo ha encontrado errores en relación a 5 de ellas, todos relacionados con transacciones que afectan a sociedades comanditarias neerlandesas que también han sido polémicas en otras jurisdicciones de la UE.

Ninguno de estos 5 casos en Gibraltar ha presentado problemas o cuestiones serios.

Señor Presidente, creo que vale la pena puntualizar que esto representa tan solo el 3% de las resoluciones afectadas inicialmente.

Dicho de otro modo, Señor Presidente, el hecho es que la investigación de la Comisión instigada por el Comisario Almunia ha sido infundada en el 97% de los casos.

Anoche, recibí una copia de la decisión que será adoptada.

Como parte de la decisión, estamos examinando actualmente la decisión en relación a cuestiones relativas a la confidencialidad o por si contuviese errores manifiestos.

Se trata de una decisión muy detallada que en breve se hará pública.

Existen otros hallazgos importantes en el razonamiento de la Comisión para alcanzar la decisión, respecto a los cuales hemos podido realizar aportaciones durante el tiempo que ha durado la investigación.

Aún más importante, la Comisión ha rechazado firmemente los intentos españoles de reabrir la cuestión de la selectividad regional y ha concluido que Gibraltar, y únicamente Gibraltar, constituye el marco de referencia para analizar cualquier medida fiscal adoptada por el Gobierno de Gibraltar.

Esto es de gran valor e importancia.

Naturalmente, nos habría puesto en una situación magnifica para las operaciones en el Mercado Único Europeo.

Sin embargo, Señor Presidente, el resultado del referendo de 2016 seguramente nos conducirá a dejar de ser miembros del Mercado Único en 99 días, el 29 de marzo del próximo año.

Si se alcanza un Acuerdo de Retirada, es posible que disfrutemos de acceso [al Mercado] durante otros dos años – aunque observo que ciertos individuos no ven ningún valor en el Acuerdo de Retirada.

Volviendo a la decisión, Señor Presidente, la Comisión también observa que Gibraltar cuenta con completo autogobierno interno, en particular con respecto a cuestiones fiscales.

En los próximos días examinaré junto con mi equipo el orden de recuperación emitido por la Comisión.

Tras una lectura inicial, nuestra reacción es que la Comisión ha exagerado notablemente el nivel de la recuperación y que el orden no es en absoluto tan elevado como indica el Comunicado de Prensa de la Comisión.

Por lo tanto, estoy absolutamente encantado con la decisión de ayer.

A pesar de ser calificada como una decisión negativa, su alcance es menor, al tiempo que reivindica nuestra visión respecto a que no hay nada fundamentalmente ilegal o erróneo con nuestra Ley del Impuesto Sobre la Renta.

De hecho, considerando que la Ley estaba siendo examinada en su totalidad por la Comisión Europea, el resultado de la investigación, que en total ha tardado más de 6 años, constituye un éxito notable para Gibraltar y un gran golpe para todos aquellos que buscan denigrar a Gibraltar como jurisdicción fiscal.

Sin lugar a dudas, el ataque propagandístico en nuestra contra no se detendrá ahí.

Pero, Señor Presidente, cada vez que seamos denunciados podremos, como jurisdicción, recordar esta decisión crucialmente importante.

Podremos hacer hincapié en el hecho de que nuestra Ley del Impuesto Sobre la Renta ha sobrevivido a la denuncia de constituir Ayuda Estatal.

Podremos recordar el hecho de que el 97% de las resoluciones investigadas por la Comisión sobrevivieron un escrutinio completo y detallado.

Dudo que vayamos a escuchar hablar mucho de este excelente historial en las guerras de propaganda.

La investigación completa tan solo nos ha requerido realizar enmiendas menores a la Ley sobre intereses y royalties y colocar la práctica de resoluciones fiscales in Gibraltar sobre una base legal más sólida.

El resultado neto de esta investigación es que la Ley del Impuesto Sobre la Renta (Income Tax Act) ahora disfruta de la aprobación por parte de la Comisión.

Esta es una noticia realmente excelente.

De hecho, Señor Presidente, tanto si estamos dentro o fuera de la UE, esto representa un importante logro para nuestra jurisdicción.

En los próximos días continuaré estudiando la decisión junto con mi equipo y realizaré nuevas declaraciones según los resultados que puedan surgir de dicho análisis.

En particular, vamos a considerar si en este momento deberíamos retirar el caso legal abierto.

Durante muchos, muchos años, el sistema fiscal de Gibraltar ha estado sujeto a un examen constante por la Comisión Europea, ya sea en el marco de la normativa sobre Ayuda Estatal o del Grupo «Código de Conducta» (Fiscalidad de las Empresas).

En cada ocasión, estas investigaciones se han producido a instancias del Gobierno del Reino de España.

Aunque nos dispongamos a abandonar la UE, lo haremos con una gran satisfacción puesto que se ha reconocido que nuestro régimen fiscal corporativo cumple con la normativa comunitaria.

No me cabe duda de que esto resultará de gran valor, sea lo que sea que nos depare el futuro.

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Brexit sin acuerdo

Señor Presidente, la segunda cuestión a la que quiero hacer referencia es la Comunicación publicada ayer por la Comisión Europea (COM (2018) 890) sobre su Plan de Acción de Contingencia para el caso de un Brexit sin acuerdo.

En dicha Comunicación, la Comisión declara:

“En virtud del Artículo 355(3) TFEU y en la medida que contempla el Acta de Adhesión del Reino Unido a las Comunidades Europeas de 1972, la normativa de la Unión se aplica a Gibraltar como territorio europeo de cuyas relaciones externas es responsable un Estado Miembro. El Artículo 355(3) TFEU dejará de ser aplicable a Gibraltar cuando el Reino Unido deje de ser un Estado Miembro. Como consecuencia, las medidas de contingencia no serán aplicables a Gibraltar”.

Señor Presidente, esa declaración no nos ha cogido por sorpresa ni a mí ni a ningún miembro del equipo de Brexit del Gobierno.

De hecho, ha servido para reforzar mi convicción de que, en el contexto de la salida del Reino Unido de la UE, el resultado mejor y más seguro para Gibraltar en las negociaciones del Brexit es que el Acuerdo de Retirada sea aprobado por la Cámara de los Comunes y el Parlamento Europeo.

Esta sería la mejor manera de salvaguardar los intereses de Gibraltar, porque la declaración realizada por la Comisión en la Comunicación nos ofrece un buen anticipo de las perspectivas de lo que puede aguardarnos en un escenario de Brexit sin acuerdo.

En este contexto, también quiero reflejar claramente que nuestra posición es que los Memorándums de Entendimiento que hemos acordado con España han sido acordados en el contexto de la existencia de un Acuerdo de Retirada.

Se trata de acuerdos diseñados para implementar compromisos descritos en el Protocolo sobre Gibraltar del Acuerdo de Retirada.

Sin un Acuerdo de Retirada no hay Protocolo sobre Gibraltar.

Sin un Protocolo sobre Gibraltar, no existen Memorándums efectivos derivados.

Pero, Señor Presidente, esto no significa que en un contexto de Brexit sin acuerdo no desearíamos considerar junto con nuestros homólogos españoles la manera de adaptar acuerdos para asegurar que colaboremos para suavizar el impacto de una falta de acuerdo para nuestros respectivos ciudadanos y continuar buscando la cooperación en los términos de los Memorándums en estas importantes áreas.

Comenzaremos a considerar estas cuestiones a principios de enero durante reuniones en Londres con homólogos británicos y españoles.

Pero no creemos que sea correcto decir que se puede considerar que los Memorándums se encuentren automáticamente vigor si no se obtiene un Acuerdo de Retirada.

Nuestra postura legal es la contraria.

En este momento, cuando nos encontramos a 99 días de abandonar la UE, seamos claros, Señor Presidente, la posición del Gobierno de Gibraltar es que el mejor camino para Gibraltar es permanecer en la Unión Europea.

He detectado ciertos intentos por parte de la Oposición de sugerir que preferimos el Acuerdo de Retirada a permanecer en la UE.

Un absoluto despropósito, Señor Presidente.

Nuestro camino preferido es que termine la pesadilla del Brexit.

La mejor manera de que ésta termine es que se revoque la notificación del Artículo 50, tal y como la Corte de Justicia de la Unión Europea ha acordado que resultaría posible en cualquier momento antes del 29 de marzo.

Una alternativa podría ser un nuevo referéndum en el Reino Unido, tal y como mencioné en julio de 2016.

Los Diputados tendrán diferentes valoraciones sobre la probabilidad de que cualquiera de esas opciones se convierta en realidad.

Sin embargo, el hecho es que si vamos a abandonar la UE el 29 de marzo, entonces tendrá un enorme valor salir sobre la base de un acuerdo alcanzado para ese propósito.

La noticia procedente de la UE ayer demuestra el tipo de cuestiones que podríamos enfrentar con los 27 Miembros restantes si salimos de la UE sin un acuerdo.

Por lo tanto, cuando recibo críticas por parte de individuos que, sufriendo una ceguera compulsiva, aun no parecen comprender la importancia de los logros de mi Gobierno al asegurar que Gibraltar forme parte del Acuerdo de Retirada y el periodo de transición, respondo que echen un vistazo a declaraciones del tipo emitido ayer por la Comisión Europea y las tomen como indicador de lo que podría aguardarnos y lo que podríamos evitar mediante el Acuerdo que nos hemos asegurado que se aplicará a Gibraltar de ser aprobado.

Ya he dejado clara mi posición en varios de los escenarios que podrían surgir con el Brexit en los próximos 99 días y no es necesario repetirlos ahora.

En cualquier caso, como ya saben, el Viceministro Principal y yo volvimos de Londres, donde el martes participamos en reuniones sobre los planes de contingencia, precisamente. El pueblo de Gibraltar no debería tener ninguna duda de que estamos barajando todas las opciones y estamos trazando planes para cada una de ellas.

Ahora también estamos reforzando la implementación para la posibilidad de que se produzca una retirada sin acuerdo.

Estaremos preparados la mañana del 30 de marzo.

Pero velaremos sin descanso por los intereses de nuestros ciudadanos y residentes por encima de todo en estas circunstancias.

Y aquellos que puedan pensar que resulta conveniente intentar excluir a Gibraltar de algunas medidas de mitigación de la UE en el caso de que no haya acuerdo deben saber una cosa:

Si se analiza la situación cuidadosamente, realmente se verá que los gibraltareños y los residentes en Gibraltar no serán los más afectados por dichas maniobras.

Además, la Comisión Europea ha declarado algo sumamente importante, esto es, que el derecho de libre circulación aplica a Gibraltar, en concreto, el derecho a acceder al Espacio Schengen sin visado.

Señor Presidente, he encargado al Viceministro Principal que trate todos los aspectos logísticos de una posible retirada de la UE sin acuerdo.

No me cabe la menor duda de que su eficiencia y calma para hacer las cosas me serán de gran ayuda para aprovechar la plena  capacidad de todos los funcionarios y empleados del sector público en los desafíos que nos depara el futuro.

Tampoco debemos perder de vista, Señor Presidente, el hecho de que ahora podemos presumir de dos cosas que pueden garantizar la seguridad de nuestro pueblo a medida que nos aproximamos a las fiestas navideñas.

La primera es que podemos presumir de nuestros acuerdos con el Reino Unido, mediante los que podremos seguir accediendo al mercado británico en los ámbitos financiero, de juego, etc.

El valor de este aspecto no puede subestimarse.

También los aspectos relacionados con la educación, la sanidad y otros, que serán bilaterales entre Gibraltar y el Reino Unido, pero que hasta ahora se han regido por la normativa comunitaria, se mantendrán intactos.

Esto es sumamente importante y solamente ciertas personas han visto la oportunidad de intentar denigrar su valor.

De hecho, espero totalmente que el periodo de validez de esos acuerdos estén abiertos, en cualquier caso, a ampliarse más allá de 2020 si fuera necesario.

El segundo aspecto de suma importancia, que algunas personas han optado por desacreditar, son las partes del Acuerdo de Retirada presentado por la Primera Ministra [May] y acordado con la UE relativas a Gibraltar.

Creo que poco a poco, muchos descubrirán que si salimos —algo que no queremos hacer— es mejor irnos sobre la base del Acuerdo que sin él.

Y lo que no debería permitirse, Señor Presidente, es fantasear con que deberíamos estar dedicando nuestra energía a intentar quedarnos en la Unión Europea llegados a este punto.

Si se celebra un nuevo referéndum, nosotros optaremos por la permanencia.

Y si, tras la votación sobre el Acuerdo de [Theresa] May en el Parlamento británico, no hubiera Acuerdo, apoyaremos, antes que una ampliación del plazo [para la Retirada], una revocación de la notificación en virtud del Artículo 50.

Pero nuestro deber como Gobierno responsable es estar preparados para cualquier posibilidad.

No podemos permitirnos el lujo de ser irresponsables e ignorar la realidad.

Tenemos que trabajar sobre la base de las realidades que están ante nosotros y que estamos abordando en el marco de nuestra relación con el Reino Unido.

Y tenemos que trabajar sobre la base del trabajo que ya se ha realizado concienzudamente: sobre los puntos calientes y la comprensión de los asuntos que surgirán si no se logra un Acuerdo.

De este modo, con un gran esfuerzo y energía, garantizaremos que, si es necesario, estaremos preparados la mañana del 30 de marzo para dar la bienvenida a una nueva era que comenzará con tanto optimismo y positividad para nuestro pueblo como la mañana del 1 de enero 1973.

Pero que nadie piense que prepararnos para un Brexit sin acuerdo será fácil o cómodo.

Pero sí nos vamos a preparar.

Y lo estaremos, Señor Presidente, la misma primera mañana de nuestro futuro como pueblo.

Soberanía conjunta

Además, Señor Presidente, debo abordar directamente la cuestión de la moción del Senado español instando al Gobierno de España que plantee el asunto de la soberanía conjunta al Reino Unido.

Creo que es importante que hagamos constar la posición unánime del pueblo, el Parlamento y el Gobierno de Gibraltar.

En primer lugar, no tiene ningún sentido sugerir que los asuntos relativos a la soberanía de Gibraltar deberían tratarse con el Reino Unido, en vista de la clara e inequívoca posición del Reino Unido sobre el doble cerrojo.

Y el pueblo, el Parlamento y el Gobierno de Gibraltar no renunciarán al doble cerrojo.

Pero, en segundo lugar, y algo que es más serio, Señor Presidente, es importante que mandemos un mensaje claro e inequívoco a cualquiera en España que piense que existe cualquier posibilidad de que cualquier propuesta de soberanía por parte de España sobre Gibraltar pudiera prosperar.

En concreto, en vista de la nueva influencia de Margallo y sus ideas, seamos muy claros.

Gibraltar no cederá.

No nos doblegaremos.

No nos cansaremos.

Y ese es el mensaje que desafortunadamente parece que debemos transmitir de modo que quede meridianamente claro, dado que, de otro modo, parece que no se nos entiende.

Así, fui claro cuando dije que José Manuel García Margallo debería “depsertarse y tomarse un café”, porque Gibraltar nunca será español.

Cuando presionó, le dije claramente que la respuesta era “No way, Jose” (Nada de eso, José).

Ahora vemos un resurgir, especialmente por parte de los partidos españoles de derechas (pero no solo), de la idea de la soberanía conjunta.

Creo que ningún partido español entiende realmente lo poco realista que es la idea.

Los gibraltareños no cambiarán de opinión.

No nos dejaremos sobornar con el acceso al mercado comunitario.

No nos dejaremos sobornar con ninguna recompensa.

No nos dejaremos engatusar con ninguna amenaza o acción.

¿Pueden entenderlo de una vez los partidos políticos españoles?

¿Pueden olvidarse de la idea?

Porque tal y como dijo recientemente el actual secretario de Estado para la UE, Marco Aguiriano, en una de sus intervenciones ante una de las comisiones parlamentarias en Madrid, el hecho es que la cuestión de la soberanía o la soberanía conjunta es inadmisible para nosotros, no la abordaremos. Cerraremos nuestras carpetas y abandonaremos la sala.

No habrá discusión.

Deseo la comprensión del Señor Aguiriano para el resto de sus compañeros parlamentarios.

El hecho de que el 96% de nosotros votáramos a favor de permanecer en la UE no debería malinterpretarse por nadie como un voto a favor de Europa por encima del Reino Unido.

Esa nunca será nuestra posición.

Gracias, Señor Presidente.

Nota a redactores:

Esta es una traducción realizada por la Oficina de Información de Gibraltar. Algunas palabras no se encuentran en el documento original y se han añadido para mejorar el sentido de la traducción. El texto válido es el original en inglés.

Para cualquier ampliación de esta información, rogamos contacte con

Oficina de Información de Gibraltar

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