Control de pequeños vehículos aéreos no tripulados – C650

Prohibido el uso de drones domésticos en Gibraltar sin la autorización de Aviación Civil

 
 
Gobierno de Gibraltar: Oficina del Viceministro Principal
 
Control de pequeños vehículos aéreos no tripulados
Gibraltar, 28 de noviembre de 2014
 
En los últimos años, el sector de los pequeños Vehículos Aéreos No Tripulados (VANT en castellano o Unmanned Aerial Vehicles – UAV – en inglés) se ha desarrollado rápidamente y estos dispositivos, que normalmente suelen ser cuadricópteros u otros multicópteros, están cada vez más accesibles para el público general. El rápido desarrollo tecnológico de estos dispositivos ha favorecido su popularidad creciente para la práctica de múltiples actividades de índole comercial y privada en todo el mundo.
A pesar de que generalmente se anuncian como “juguetes”, los VANT, como era anteriormente el caso de los vehículos aéreos teledirigidos, se consideran vehículos aéreos a efectos de la ley y por lo tanto, su uso se rige por la reglamentación en materia de aviación civil con el fin de garantizar la seguridad de los ciudadanos y de las propiedades ajenos a la actividad. Así, está prohibido utilizar VANT cerca de aeropuertos, zonas con mucho tráfico, personas, propiedades, así como su uso a fines lucrativos o fuera del alcance de la vista, a menos que se cuente con la autorización expresa del Director de Aviación Civil (Director of Civil Aviation, DCA). Básicamente, la persona que controle los vuelos del VANT es responsable de la seguridad de los mismos.
Puesto que Gibraltar se considera una zona con mucho tráfico, no se podrán utilizar estos dispositivos sin el consentimiento del Director de Aviación Civil. A pesar de que dicha medida pueda considerarse draconiana, el objetivo es proteger a los ciudadanos de cualquier peligro que pudiera derivarse del uso de tales dispositivos por personas que no cuenten con la formación adecuada o no sean conscientes de los peligros que entraña tal actividad. Para obtener la autorización del DCA, los solicitantes deberán probar la asistencia a un curso reconocido de pilotaje, contar con una póliza de seguros con cobertura suficiente para llevar a cabo la actividad y considerar y minimizar los riesgos asociados a dichos vuelos.
El Director de Aviación Civil comentó “que a pesar de que es fácil adquirir estos dispositivos, debe tenerse en cuenta que un pequeño vehículo aéreo no tripulado, de varios kilos de peso y que puede alcanzar altitudes de vuelo de varios centenares de pies, puede representar un riesgo de muerte cuando se opera de manera inadecuada, puesto que puede desplomarse y causar estragos”. Asimismo, dada la cercanía del aeropuerto, todas las actividades llevadas a cabo con VANT deben coordinarse con cautela para evitar conflictos o retrasos de los aviones que circulan hacia o desde el aeropuerto. Por todo ello, se ruega que todos aquellos interesados en adquirir tales dispositivos para su uso en Gibraltar se pongan en contacto con la Oficina de Aviación Civil (Civil Aviation Office) dca@gibraltar.gov.gi para conocer las restricciones de uso en Gibraltar.
 
 
Nota a redactores:
 
Esta es una traducción realizada por la Oficina de Información de Gibraltar. Algunas palabras no se encuentran en el documento original y se han añadido para mejorar el sentido de la traducción. El texto válido es el original en inglés.
 
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