Nota Técnica – Brexit Sin Acuerdo – Traslado de residuos – C224

El Gobierno de Gibraltar informa sobre los posibles escenarios para el traslado transfronterizo de residuos en la UE según el tipo de Brexit

Gobierno de Gibraltar

Nota Técnica – Brexit Sin Acuerdo – Traslado de residuos

Gibraltar, 28 de marzo de 2019

En noviembre de 2018, la Unión Europea (la UE) y el Reino Unido acordaron los términos de un Acuerdo de Retirada con las provisiones para una retirada ordenada del Reino Unido de la Unión Europea. Gibraltar forma parte de ese acuerdo. El Acuerdo incluye un periodo de transición hasta el final de 2020. Este periodo de transición también se aplicaría a Gibraltar. El Acuerdo ha sido extensamente debatido y sometido a votación, pero todavía se encuentra sujeto a la ratificación del Parlamento británico y el Parlamento Europeo.

Actualmente, existe la posibilidad de una breve extensión en el proceso del Artículo 50. Si se aprueba el Acuerdo de Retirada, se aplicará una extensión hasta el 22 de mayo. De no aprobarse el Acuerdo de Retirada, la extensión duraría hasta el 12 de abril.

Entretanto, el Gobierno de Gibraltar continúa haciendo planes para el caso de que el Reino Unido y Gibraltar abandonen la Unión Europea sin un Acuerdo de Retirada.

Propósito

Si el Reino Unido y Gibraltar abandonan la UE sin acuerdo, la legislación de residuos de la UE ya no cubrirá al Reino Unido y a Gibraltar. En efecto, Gibraltar pasaría a ser un país tercero frente a la UE en lo que se refiere a los asuntos relativos al traslado de residuos. El propósito de la presente Nota es explicar las consecuencias de estos cambios.

Posición actual

Actualmente, Gibraltar está cubierto por la legislación de la UE: el Reglamento (CE) 1013/2006 relativo a los traslados de residuos (“Reglamento sobre traslado transfronterizo de residuos” o “Reglamento TSW”, por sus siglas en inglés) aplica a Gibraltar. El Reglamento TSW implementa las disposiciones del Convenio de Basilea sobre el control de los movimientos transfronterizos de los desechos peligrosos y su eliminación (el “Convenio de Basilea”), en virtud del cual el traslado internacional de residuos se controla a través de un proceso que contempla el consentimiento escrito previo. El Reglamento TSW también incorpora en la legislación comunitaria la decisión (C (2001) 107) Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE) (la “Decisión de la OCDE”) sobre el control de movimientos transfronterizos de residuos destinada a operaciones de valorización. De conformidad con el Reglamento TSW, Gibraltar traslada residuos a otros Estados Miembros, incluido España.

Gibraltar implementa el Reglamento TSW principalmente a través de la Parte IIB de la Ley de Salud Pública (Public Health Act).

En el caso de que se alcance un Acuerdo de Retirada

Si el Acuerdo de Retirada entra en vigor, el status quo continuaría hasta el final del periodo de transición, es decir, el 31 de diciembre de 2020.

En el caso de que no se alcance un Acuerdo de Retirada

  • Validez de los acuerdos actuales para trasladar residuos con previo aviso a, desde y a través de la UE

Inicialmente, se pensó que los acuerdos actuales para trasladar residuos con previo aviso entre Gibraltar y la UE, que serían efectivos más allá de la fecha de una salida sin acuerdo, debían ser sometidos a un nuevo proceso de aprobación. No obstante, el Gobierno del Reino Unido ha formalizado un acuerdo en virtud del cual todos los consentimientos del Reino Unido y Gibraltar sobre traslados de residuos notificados para después del 12 de abril de 2019 se renovarán sin la necesidad de una nueva aprobación. El Gobierno de Gibraltar ha garantizado que esto cubre las aprobaciones actuales concedidas a los exportadores de Gibraltar con respecto a los traslados a España.

  • Traslados de residuos de Gibraltar a la UE, incluido España

Después de la salida del Reino Unido y Gibraltar de la UE, el Convenio de Basilea seguirá aplicando a Gibraltar, que seguirá implementando la Decisión de la OCDE.

Gibraltar recibirá el mismo tratamiento que cualquier otro país de la OCDE o cualquier otra parte del Convenio de Basilea que tenga intención de exportar residuos a un país de la UE. Por tanto, se seguirán aplicando los procedimientos de traslado de residuos actuales. Si desea obtener más información, póngase en contacto con la Agencia Medioambiental de Gibraltar.

Si es un exportador, deberá informarse sobre las Directrices de Aduanas de la UE y el Reglamento sobre Traslado de Residuos de la UE.

Estos establecen:

  • Que los exportadores de residuos cumplimenten los formularios de notificación de residuos y traslado de los mismos con los detalles de la Aduana de Entrada en la UE;
  • Que los transportistas de residuos faciliten una copia del documento de traslado de residuos a la Aduana de Entrada en la UE; y
  • Que los exportadores gibraltareños comprueben que cualquier traslado de residuos en la UE se lleva a cabo por transportistas de residuos autorizados.

Antes de presentar una notificación a la Agencia Medioambiental para exportar residuos a la UE para su eliminación o recuperación, el Gobierno de Gibraltar debe presentar una petición debidamente justificada a la autoridad de la UE que corresponda. Este documento explica por qué Gibraltar no cuenta con las instalaciones de eliminación o recuperación necesarias o no puede ofrecerlas. Las repercusiones de este nuevo requisito de presentar una petición debidamente justificada serán mínimas. Las normas de traslado de residuos para su reciclado se mantendrán intactas.

Más información

Esta Nota ha sido emitida únicamente con fines orientativos.

Si desea obtener más información, puede ponerse en contacto con la Agencia Medioambiental:

Correo electrónico: admin@eag.gi

Teléfono: 200 70620

 Comunicado original en inglés, en el pdf adjunto

Nota a redactores:

Esta es una traducción realizada por la Oficina de Información de Gibraltar. Algunas palabras no se encuentran en el documento original y se han añadido para mejorar el sentido de la traducción. El texto válido es el original en inglés.

Para cualquier ampliación de esta información, rogamos contacte con

Oficina de Información de Gibraltar

Miguel Vermehren, Madrid, miguel@infogibraltar.com, Tel 609 004 166

Sandra Balvín, Campo de Gibraltar, sandra@infogibraltar.com, Tel 637 617 757

Eva Reyes Borrego, Campo de Gibraltar, eva@infogibraltar.com, Tel 619 778 498

Web: www.infogibraltar.com, web en inglés: www.gibraltar.gov.gi/press-office

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