La Comisión Europea detalla las recomendaciones a España en la frontera – A041

Se recogen en el documento de propuesta de cierre de las quejas acerca de los controles españoles en la frontera con Gibraltar

Gibraltar, 6 diciembre de 2013

El Reino Unido y el Gobierno de Gibraltar hicieron públicas las recomendaciones de la Comisión Europea tras su vivista en septiembre a la frontera con Gibraltar. El gobierno español no quiso darle la correspondiente publicidad a las recomendaciones dirigidas a España. El documento siguiente arroja más luz sobre las recomendaciones de la Comisión a ambas partes.

El punto sexto recoge el detalle de las recomendaciones a España en cuanto a la organización del tráfico saliente y entrante así como a la metodología empleada en los controles.

1. La Comisión Europea ha recibido y registrado bajo la referencia CHAP(2013) 2466 una serie de quejas sobre los controles realizados por las autoridades españolas en la frontera con Gibraltar.

2. Dado el elevado número de denuncias recibidas a este respecto, la Comisión, con vistas a ofrecer una respuesta rápida e informar a los afectados, a la par que haciendo un uso idóneo de sus recursos administrativos, ha publicado un acuse de recibo en el Diario Oficial de la Unión Europea y en Internet, en el enlace:

http://ec.europa.eu/eu_law/complaints/receipt/index_en.htm

3. Tras examinar las quejas y departir con las autoridades relevantes, la Comisión decidió organizar una visita técnica al punto de cruce fronterizo de La Línea de la Concepción el día 25 de septiembre de 2013.

4. Los servicios de la Comisión han finalizado su investigación. Basándose en lo observado durante la visita técnica del 25 de septiembre de 2013 y en la información facilitada por ambas autoridades durante esta visita, la Comisión no ha encontrado pruebas concluyentes de que los controles sobre las personas y los bienes realizados por las autoridades españolas en el punto de cruce de La Línea de la Concepción hayan vulnerado las provisiones de la normativa comunitaria.

5. Sin embargo, la gestión de este punto de cruce resulta compleja, dados los altos volúmenes de tráfico en un espacio relativamente confinado (unas 35,000 personas cruzando cada día para entrar y un número similar para salir, alrededor de 10,000 coches al día) y el aumento del contrabando de tabaco hacia España. Por lo tanto, la Comisión cree que las autoridades de ambos lados podrían adoptar mayores medidas para afrontar este problema.

6. Con respecto a España, la Comisión invitó a las autoridades españolas a considerar las siguientes acciones:

Optimización del espacio físico disponible en el lado español del punto de cruce:

·       A su entrada en España, los expertos de la Comisión observaron durante la visita que los seis carriles para vehículos del lado gibraltareño se veían reducidos a dos carriles al nivel del punto de control de la policía española, de modo que la mayoría de los viajeros deben emplear un carril único de facto al aproximarse al punto de control aduanero español (el carril verde para vehículos sin bienes que declarar). Por otra parte, a la entrada en España, la carretera traza una curva de 180° y el tráfico de vehículos se mezcla con el flujo de motocicletas en este punto. A pesar de que el tráfico no era especialmente denso en el momento de la visita, los expertos de la Comisión pudieron observar una congestión de vehículos importante en este punto. En la opinión de la Comisión, esta configuración produce un efecto de embotellamiento y puede ser considerada como una de las causas de los atascos en este punto de cruce. Por lo tanto, la Comisión recomienda a España que revise la organización del tráfico en este punto para poder aumentar el número de carriles disponibles para vehículos sin nada que declarar, en concreto aprovechando el espacio libre en las zonas aledañas de este punto.

·       A la salida de España, los expertos comprobaron durante su visita que, de los dos carriles para vehículos existentes, tan solo había un carril disponible de facto. Únicamente al nivel del punto policial español se dirigía a los vehículos hacia los dos carriles. El motivo es que un largo tramo del carril para vehículos situado en el lado izquierdo se utiliza en ambas direcciones y se deja libre para emergencias (según las explicaciones de las autoridades españolas durante la visita). La Comisión invita a España a revisar esta organización del tráfico para poder aprovechar los dos carriles para vehículos existentes, en especial durante las horas de máxima afluencia.

·       La Comisión invita a España a recurrir al apoyo financiero EBF/ISF para este propósito. También recuerda la posibilidad de incluir la modernización del punto de cruce en el Acuerdo de Asociación y los Programas Operativos de los Instrumentos para Políticas de Cohesión para el periodo 2014-2020.

Optimización de perfiles de riesgo:

·       La Comisión recomienda a las autoridades españolas mejorar el sistema de análisis de riesgos para poder optimizar los controles exhaustivos realizados sobre el equipaje y los vehículos de los viajeros.

·       Además, las autoridades españolas han informado de que el servicio de aduanas español realiza controles aleatorios a la salida de España. Sin embargo, la Comisión opina que la intensidad de estos controles no está justificada y, por lo tanto, podría verse reducida, contribuyendo así lograr un tráfico más fluido de España a Gibraltar.

Desarrollo del intercambio de información sobre el contrabando de tabaco:

·       Se invita a las autoridades españolas a que desarrollen un mayor diálogo con sus homólogos en lo concerniente al intercambio de información sobre contrabando de tabaco, con vistas a apoyar la labor de las autoridades de ambos lados con respecto a este problema.

7. En lo que respecta al Reino Unido, la Comisión invitó a las autoridades del Reino Unido a considerar las siguientes acciones:

Desarrollo de perfiles según análisis de riesgo:

·       A pesar de que las autoridades gibraltareñas dieron fe del problema relacionado con el contrabando de tabaco en este punto de cruce e informaron a la Comisión sobre la legislación para combatir este fenómeno, los expertos de la Comisión observaron durante su visita que no se realizaban comprobaciones sobre las personas ni sus bienes a la salida de Gibraltar. Por ello, la Comisión recomienda que Gibraltar aplique a los viajeros y sus pertenencias controles no-sistemáticos y basados en análisis de riesgos a la salida de Gibraltar en el punto de cruce de La Línea de la Concepción.

Optimización de la legislación y las salvaguardas para contribuir a una lucha más eficiente contra el contrabando de tabaco:

·       Se invita a las autoridades de Gibraltar a considerar una revisión de la Ley del Tabaco (Tobacco Act) de 1997 con vistas a equipararla con la normativa comunitaria en cuanto a las cantidades [de tabaco] permitidas a los viajeros a la Unión y los correspondientes limites cuantitativos para la importación de productos de tabaco libres de impuestos.

·       Se recomienda a las autoridades de Gibraltar que adopten medidas adecuadas para asegurar que las importaciones de productos de tabaco a Gibraltar se correspondan con la demanda real.

·       Se recomienda a las autoridades de Gibraltar que verifiquen que todos los fabricantes de tabaco que suministren cigarrillos a clientes de Gibraltar pongan en práctica controles adecuados de la cadena de suministro.

Desarrollo del intercambio de información sobre el contrabando de tabaco:

·       Se anima a las autoridades gibraltareñas a desarrollar un mayor diálogo con sus homólogos españoles en relación al intercambio de información sobre el contrabando de tabaco con vistas a apoyar la labor de las autoridades de ambos lados con respecto a este problema.

8. Finalmente, al igual que en cualquier otra frontera, los mejores resultados en la lucha contra el contrabando y los delitos transfronterizos, así como el mantenimiento de un tráfico fluido, pueden lograrse mediante una cooperación diaria entre las autoridades a ambos lados de la frontera. Por lo tanto, la Comisión recomienda a todas las autoridades relevantes que refuercen el diálogo constructivo con sus homólogos para alcanzar este objetivo.

9. Teniendo en cuenta los elementos precedentes, los servicios de la Comisión propondrán a la Comisión el cierre del caso CHAP(2013) 2466.

10. Sin embargo, la Comisión continuará vigilando la situación en el punto de cruce de La Línea de la Concepción y ha solicitado recibir información de ambas autoridades sobre la consideración dada a las recomendaciones, en un plazo de seis meses.

11. Además, la Comisión se reserva el derecho de reconsiderar su postura en caso de que la situación cambiase o evolucionase, así como de llevar a cabo otra visita al punto de cruce de La Línea de la Concepción en el futuro si fuese apropiado.

Nota a redactores:

Esta es una traducción realizada por la Oficina de Información de Gibraltar. Algunas palabras no se encuentran en el documento original y se han añadido para mejorar el sentido de la traducción. El texto válido es el original en inglés que sigue.

Para cualquier ampliación de esta información, rogamos contacte con

Oficina de Información de Gibraltar

Miguel Vermehren, Madrid, miguel@infogibraltar.com, Tel 609 004 166

Sandra Balvín, Campo de Gibraltar, sandra@infogibraltar.com, Tel 661 547 573